Novedades:

Simulación de Acto Jurídico


Hechos:

El accionante se presenta a demandar la simulación de un acto jurídico (contrato de compraventa de inmueble), que le afecta a sus derechos, realizado entre su deudor y un tercero. Dicho contrato tiene como objeto un bien inmueble de estimable valor, ubicado en una zona céntrica de la ciudad de Fernando de la Mora y cuya venta representa una disminución considerable del patrimonio de su deudor, en forma ficticia, a los efectos de reducir las posibilidades de pago a sus acreedores, situación que se hace delicada considerando que el mismo actualmente enfrenta un juicio de convocatoria de acreedores. A fin de comprobar la simulación, solicita al Juzgado recabe informes sobre la situación patrimonial del supuesto comprador, y sus posibilidades reales de realizar tan grande inversión. Para salvaguardar sus derechos, el accionante solicita la nulidad de dicho contrato simulado, pues afecta seriamente a sus derechos, de conformidad a lo que disponen los arts. 306 y concordantes del Código Civil.

Art. 306 Código Civil: “Se podrá anular el acto jurídico cuando por la simulación se perjudica a un tercero o se persigue un fin ilícito. En tal caso, los autores de aquella sólo podrán ejercer entre sí la acción para obtener la nulidad, con arreglo a lo dispuesto por este Código sobre el enriquecimiento sin causa”

SIMULACIÓN: “La simulación en los actos jurídicos consiste en una declaración que representa a una voluntad total o parcialmente falsa e irreal de las partes, que se encuentra en forma ostensible en el acto, realizada con intención de engañar a terceros, y otra declaración de voluntad real destinada a mantener en reserva” (Introducción al Estudio de los Hechos y Actos Jurídicos. Bonifacio Ríos Ávalos. Editorial Edipar. Tercera Edición).