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PROMOVER JUICIO SOBRE RENDICION DE CUENTAS


RENDICIÓN DE CUENTAS.





Se da cuando un actor, curador, administrador, depositario u otro deban rendir cuentas de sus actuaciones ante el juez. La demanda por obligación de rendir cuentas, se trasmitirá por el proceso de conocimiento sumario, a menos que se dedujese conjuntamente con otras pretensiones que deban tramitarse por el conocimiento ordinario.



La rendición de cuentas es la obligación de hacer que contrae la persona que efectúa actos de administración o gestión por cuenta o interés ajeno, por lo que debe presentar une estado detallado y documentado de los ingresos y egresos producidos durante su actuación con la determinación del saldo resultante.





OBJETO: PROMOVER JUICIO SOBRE RENDICION DE CUENTAS





SEÑOR JUEZ:





DIANA MAREA, Abogada por don VIRGILIO GONZÁLEZ conforme lo justifico con el testimonio de poder que acompaño, constituyendo domicilio en la casa de la calle Carlos A. López 444 de esta ciudad, que es también el domicilio real de mi conferente, a V.S. respetuosamente digo:------------------------------

Que vengo a iniciar juicio sobre rendición de cuentas contra RAMON PENAYO domiciliado en la casa de la calle Colón 455 de esta ciudad, fundado en las consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer:-



HECHOS:



Mi mandante, es comerciante y se dedica al ramo de compra venta de artículos de hogar nuevo y usados, inscripto en el registro público de comercio bajo el N° 54, folio 80 del año 1983, como lo justifico con el certificado de inscripción que acompaño.-------------------------------



En fecha 6 de abril de 1983, mi principal con el objeto de ayudar económicamente al demandado entregó en consignación, a fin de proceder a su venta debiendo el consignatario cobrar toda diferencia que obtenga sobre el precio en que recibió las mercaderías en concepto de ganancias por dichas ventas, conforme se encuentran detalladas en la boleta de consignación debidamente firmada por el demandado, que acompaño.--

El valor de las mercaderías detallado en la boleta que acompaño, y que forma parte de la presente demanda, asciende a la suma de tres millones de guaraníes dichas mercaderías no se encuentran en el salón de ventas del demandado donde se hallaban en exposición.------------



Conforme consta en la boleta de consignación, la rendición de cuentas, debía hacer el demandado a mi conferente el 6 de cada mes, a partir del 6 de abril de 1983 sobre las mercaderías consignadas, y no lo ha hecho ni una sola vez en los cuatro meses ya transcurridos, alegando diversas excusas, situación que motivó la interpelación notarial que le formulara mi principal, cuyo testimonio adjunto, hasta la fecha sin resultado alguno.--------------



A la falta de cumplimiento de su obligación de rendir cuentas, presentando la correspondiente liquidación mi mandante, en salvaguarda de sus derechos patrimoniales, se ve en la necesidad de iniciar la presente acción en contra del demandado.----------------------------



DERECHOS. DOCTRINA



Esta acción se halla prevista en el Art. 673 de C.P.C.-------------------------------------------

La rendición de cuentas consiste en la obligación de hacer que contrae la persona que efectúa actos de administración o gestión por cuenta o interés ajeno, se tramita por un proceso sumario a menos que deduzca conjuntamente con otras pretensiones que se tramiten de forma ordinaria.-----------------------------------



JURISPRUDENCIA: el juicio de rendición se rige por el procedimiento de los juicios sumarios y el mismo no admite prórroga del plazo de pruebas ni la presentación de alegatos. ( T. De Apel. C. Com. Sala 2).-----



PETICIONES:



• RECONOCER mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar indicado.

• TENER por iniciado el presente juicio que entabla Virgilio González c/ Ramón Penayo s/ Rendición de Cuentas, y disponer correr traslado al demandado, citándolo y emplazándolo a fin de que lo conteste dentro del plazo de ley.



• OPORTUNAMENTE y previo los trámites de ley, dictar sentencia condenando al demandado a rendir cuentas de las mercaderías recibidas en consignación por valor de tres millones de guaraníes, y el pago total del mismo con deducción del valor de las mercaderías no vendidas si existiesen para ser devueltas a mi poderdante, con costas.



PROVEER DE CONFORMIDAD. SERÁ JUSTICIA.



DIANA MAREA.

ABOGADA