PROMOVER ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.-
OBJETO: PROMOVER ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.-
EXCELENTÍSIMA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.-
DIANA MAREA, Abogada, con Matrícula de la C.S.J. N° 1.500, en nombre y representación del SERGIO GALVAN MENDOZA conforme lo justifico con el testimonio de poder que acompaño, constituyendo domicilio en la casa de la calle Srgto. Troche 1209 de esta Capital, siendo el domicilio real de mí representado en la calle Azara 1670, también de esta Capital, a VV.SS. respetuosamente digo: -------
Que, por expresas instrucciones de mi mandante vengo a promover ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD contra el ESTADO PARAGUAYO por causa de la Ley N° 135/01, fundada en las siguientes consideraciones de hecho y derecho que paso a exponer:--------------
HECHOS
SERGIO GALVAN MENDOZA promueve la demanda de Inconstitucionalidad contra la Ley Nº 120 del 7 de agosto de 2.001, sancionada por el CONGRESO NACIONAL, y promulgada por el PODER EJECUTIVO, por medio de la cual le expropia de su propiedad en virtud de que existe "una cuestión social".-------------------------------------------------
Dentro de su derecho dominio. Alega que su propiedad es minifundio, y es una herencia familiar, por tanto, frente al hecho que se necesita ese espacio de terreno a los indígenas de las zonas se encuentra su derecho de legítima propietaria. Además el recurrente posee escasos recursos y esos despojos lo llevaría prácticamente a la calle por lo que esta enfrentando en este caso la mencionada " cuestión social "en que se funda la ley y su misma existencia.---------------
Adjunta a su presentación copia de la mencionada Ley, publicada por el Poder Legislativo, así como copia autentificada por Escribanía del Título de propiedad en el que se especifican claramente las dimensiones del mismo. Adjunta igualmente copia de la sentencia declaratoria de herederos recaída en el juicio sucesorio respectivo.------------------------------------
DERECHOS. DOCTRINA
Se funda la acción en el Art. 132 de la C.N. el procedimiento debe iniciarse por acción ante la sala constitucional de la corte suprema de justicia, y por la vía de excepción en cualquier instancias en cuyo caso se elevan los antecedentes a la Corte el procedimiento está regulado en libro IV entre los juicios y procedimientos especiales, Art. 550 al 564 del C.P.C.--------------
La declaración de inconstitucionalidad de un acto o precepto legal se obtiene por regla general planteándola ante los tribunales de justicia especiales de garantías constitucionales. (D. De Ciencias Jur., Pol. y Sociales, Manuel Ossorio) --------------------------------------------------------
JURISPRUDENCIA:
La acción de inconstitucionalidad sólo puede fundarse en la trasgresión de una norma de jerarquía constitucional. (Corte S. As.)----------------------------------------------------
PETITORIO:
I- RECONOCER mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar señalado.-
II- ORDENAR el desglose y devolución de los documentos originales que se adjuntan, previa autenticación de las fotocopias por el Actuario.------------------------------------------------------------
III- CORRER traslado de la presente acción al FISCAL GENERAL DEL ESTADO, citándolo y emplazándolo para que asuma la función que le concede el Art. 554 del C.P.C. en el término de Ley.-----
IV- DICTAR oportunamente fallo haciendo lugar a esta ACCION declarando Inconstitucional la Ley N° 120/01 e inaplicable a mi representado, así como nulos sus consecuencias y efectos, de acuerdos a los términos del texto publicado por el Poder Legislativo.----------------------------------
V- PORTESTO costas.----------------------------------------------------------------------
PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA.-
DIANA MAREA
ABOGADO.-
EXCELENTÍSIMA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.-
DIANA MAREA, Abogada, con Matrícula de la C.S.J. N° 1.500, en nombre y representación del SERGIO GALVAN MENDOZA conforme lo justifico con el testimonio de poder que acompaño, constituyendo domicilio en la casa de la calle Srgto. Troche 1209 de esta Capital, siendo el domicilio real de mí representado en la calle Azara 1670, también de esta Capital, a VV.SS. respetuosamente digo: -------
Que, por expresas instrucciones de mi mandante vengo a promover ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD contra el ESTADO PARAGUAYO por causa de la Ley N° 135/01, fundada en las siguientes consideraciones de hecho y derecho que paso a exponer:--------------
HECHOS
SERGIO GALVAN MENDOZA promueve la demanda de Inconstitucionalidad contra la Ley Nº 120 del 7 de agosto de 2.001, sancionada por el CONGRESO NACIONAL, y promulgada por el PODER EJECUTIVO, por medio de la cual le expropia de su propiedad en virtud de que existe "una cuestión social".-------------------------------------------------
Dentro de su derecho dominio. Alega que su propiedad es minifundio, y es una herencia familiar, por tanto, frente al hecho que se necesita ese espacio de terreno a los indígenas de las zonas se encuentra su derecho de legítima propietaria. Además el recurrente posee escasos recursos y esos despojos lo llevaría prácticamente a la calle por lo que esta enfrentando en este caso la mencionada " cuestión social "en que se funda la ley y su misma existencia.---------------
Adjunta a su presentación copia de la mencionada Ley, publicada por el Poder Legislativo, así como copia autentificada por Escribanía del Título de propiedad en el que se especifican claramente las dimensiones del mismo. Adjunta igualmente copia de la sentencia declaratoria de herederos recaída en el juicio sucesorio respectivo.------------------------------------
DERECHOS. DOCTRINA
Se funda la acción en el Art. 132 de la C.N. el procedimiento debe iniciarse por acción ante la sala constitucional de la corte suprema de justicia, y por la vía de excepción en cualquier instancias en cuyo caso se elevan los antecedentes a la Corte el procedimiento está regulado en libro IV entre los juicios y procedimientos especiales, Art. 550 al 564 del C.P.C.--------------
La declaración de inconstitucionalidad de un acto o precepto legal se obtiene por regla general planteándola ante los tribunales de justicia especiales de garantías constitucionales. (D. De Ciencias Jur., Pol. y Sociales, Manuel Ossorio) --------------------------------------------------------
JURISPRUDENCIA:
La acción de inconstitucionalidad sólo puede fundarse en la trasgresión de una norma de jerarquía constitucional. (Corte S. As.)----------------------------------------------------
PETITORIO:
I- RECONOCER mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar señalado.-
II- ORDENAR el desglose y devolución de los documentos originales que se adjuntan, previa autenticación de las fotocopias por el Actuario.------------------------------------------------------------
III- CORRER traslado de la presente acción al FISCAL GENERAL DEL ESTADO, citándolo y emplazándolo para que asuma la función que le concede el Art. 554 del C.P.C. en el término de Ley.-----
IV- DICTAR oportunamente fallo haciendo lugar a esta ACCION declarando Inconstitucional la Ley N° 120/01 e inaplicable a mi representado, así como nulos sus consecuencias y efectos, de acuerdos a los términos del texto publicado por el Poder Legislativo.----------------------------------
V- PORTESTO costas.----------------------------------------------------------------------
PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA.-
DIANA MAREA
ABOGADO.-