Tener por Desistidos los recursos de apelación y nulidad
JUICIO: “ZULLY BEATRIZ OVIEDO LOVERA C/ CARLA ANDREA PAEZ PAIVA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OTROS”.------------------------
A.I. № 24
Asunción, 1 de febrero del 2.011.-
Y VISTOS: El escrito de desistimiento presentado por Carla Andrea Páez Paiva y; ----------------------------------------------
C O N S I D E R A N D O:
La citada recurrente manifestó a esta Máxima Instancia que desistió de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el A.I. № 801 de fecha 7 de Octubre del 2.009, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial Cuarta Sala.---------
El Artículo 167 del Código Procesal Civil establece: “El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la sentencia impugnada”.----------------------------------------------
Por tanto, la Excelentísima
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA CIVIL Y COMERCIAL
R E S U E L V E:
TENER por desistido a Carla Andrea Páez Paiva de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el A.I. № 801 del 7 de Octubre del 2.009, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Cuarta Sala.------------------------------------------
REMITIR este Juicio al Tribunal de origen.--------------------
ANOTAR y registrar.-------------------------------------------
Bajac, Torres y Garay, Ministros.-
Ante mí:
Alejandrino Cuevas, Secretario Judicial.-
A.I. № 24
Asunción, 1 de febrero del 2.011.-
Y VISTOS: El escrito de desistimiento presentado por Carla Andrea Páez Paiva y; ----------------------------------------------
C O N S I D E R A N D O:
La citada recurrente manifestó a esta Máxima Instancia que desistió de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el A.I. № 801 de fecha 7 de Octubre del 2.009, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial Cuarta Sala.---------
El Artículo 167 del Código Procesal Civil establece: “El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la sentencia impugnada”.----------------------------------------------
Por tanto, la Excelentísima
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA CIVIL Y COMERCIAL
R E S U E L V E:
TENER por desistido a Carla Andrea Páez Paiva de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el A.I. № 801 del 7 de Octubre del 2.009, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Cuarta Sala.------------------------------------------
REMITIR este Juicio al Tribunal de origen.--------------------
ANOTAR y registrar.-------------------------------------------
Bajac, Torres y Garay, Ministros.-
Ante mí:
Alejandrino Cuevas, Secretario Judicial.-