ACORDADA Nº 453 DEL 17-04-2007 COMPETENCIA - Encargar al Juez Penal de Garantía de la Ciudad de Yby Yaú, para entender en los casos que corresponde a los Jueces de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal de la Adolescencia y de la Niñez y la Adolescencia.
ACORDADA
Nº 453 DEL 17-04-2007
COMPETENCIA - Encargar al Juez
Penal de Garantía de la Ciudad de Yby Yaú, para entender en los
casos que corresponde a los Jueces de Primera Instancia en lo Civil,
Comercial, Laboral, Penal de la Adolescencia y de la Niñez y la
Adolescencia.
Ver
Ac. Nº 452/2007
Ver Ac. Nº 461/2007
En la ciudad de Asunción, Capital de
la República del Paraguay, a los diez y siete días del mes de abril
de dos mil siete, siendo las 12:30 horas, estando reunidos en la Sala
de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, la Excma. Señora
Presidenta Dra. Alicia Beatriz Pucheta de Correa y los Excmos.
Señores Ministros Doctores José V. Altamirano, Miguel Oscar Bajac
Albertini, Sindulfo Blanco, Antonio Fretes, César A. Garay, Víctor
Manuel Núñez Rodríguez, Wildo Rienzi Galeano y José Raúl Torres
Kirmser, ante mí, el Secretario autorizante;
D I J E R O N:
Que el Art. 3º inc. b) de la Ley Nº
609/95 “Que Organiza la Corte Suprema de Justicia”, dispone:
“Dictar su propio Reglamento Interno, las Acordadas y todos los
Actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia
de la Administración de Justicia”.
En la Circunscripción Judicial de
Concepción se creó el Juzgado Penal de Garantía, con asiento en la
localidad de Yby Yaú; por Resolución Nº 1025 de fecha 27 de
diciembre de 2006 se comisionó al Abog. Alberto Isidro Sosa Vera,
Juez de Liquidación y Sentencia de Pedro Juan Caballero de la
Circunscripción Judicial de Amambay a cumplir labores en el Juzgado
Penal de Garantía de Yby Yaú (Circunscripción Judicial de
Concepción), sin perjuicios de sus propias funciones, hasta el
nombramiento de su titular. Por Acordada Nº……… del……………
se dispuso la ampliación de su competencia territorial incluyendo
parte del Territorio del Distrito de Horqueta.
Es necesario redistribuir
territorialmente la competencia del Juzgado, corresponde hacerlo a
los efectos de permitir que el servicio de justicia sea accesible a
los usuarios, especialmente a los habitantes de las poblaciones
ubicadas dentro del Distrito de Horqueta pero más cercanas al
asiento del Juzgado de Yby Yaú.
Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDA:
Art. 1º.- ENCARGAR al Juez
Penal de Garantía de la Ciudad de Yby Yaú, Abog. Alberto Isidro
Sosa Vera, para entender en los casos que corresponde a los Jueces de
Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal de la
Adolescencia y de la Niñez y la Adolescencia, con las facultades
conferidas en el Capitulo IV, Titulo III, Libro I del Código de
Organización Judicial, el Art. 161 del Código de la Niñez y la
Adolescencia y el Art. 42 del Código Procesal Penal y hasta tanto se
lleven a cabo las designaciones que correspondan respectivamente.
Art. 2º.- Anotar, registrar
notificar.
Ante mí: