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ACORDADA Nº 487 DEL 19-11-2007 PLAZOS PROCESALES Y REGISTRALES en todas las Circunscripciones Judiciales de la República (Transitorio).


ACORDADA Nº 487 DEL 19-11-2007



PLAZOS PROCESALES Y REGISTRALES en todas las Circunscripciones Judiciales de la República (Transitorio).

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil siete, siendo las 12:30 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, la Excma. Señora Presidenta Dra. Alicia Beatriz Pucheta de Correa y los Excmos. Señores Ministros Doctores José V. Altamirano, Miguel Oscar Bajac A., Antonio Fretes, César Antonio Garay, Víctor Manuel Núñez Rodríguez y José Raúl Torres Kirmser, ante mí, el Secretario autorizante;

DIJERON:

Que por Nota del Colegio de Abogados del Paraguay del 16 de noviembre de 2007 se solicitó a la Corte Suprema de Justicia disponer la suspensión de todos los plazos procesales a partir del día lunes 5 de noviembre de 2007 al día que sea reestablecida la actividad judicial.

Por Acordadas Nº. 482 del 5 de noviembre de 2007, Nº 483 del 7 de noviembre de 2007, Nº 484 del 8 de noviembre de 2007, Nº 485 del 12 de noviembre de 2007 y Nº 486 del 14 de noviembre de 2007 se suspendieron los plazos procesales y registrales en todas las Circunscripciones Judiciales de la República, que vencían, disponiéndose su fenecimiento en el día citado en cada una de ellas.

La Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones para dictar todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de la justicia, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 3º Inc. b) de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”.

Por tanto, en uso de sus atribuciones,

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDA:

Artículo 1º
Aclarar que lo decidido por las Acordadas enunciadas comprende la suspensión de todos los plazos procesales y registrales.
Artículo 2º
Anotar, registrar, notificar.
Ante mí: