ACORDADA Nº 487 DEL 19-11-2007 PLAZOS PROCESALES Y REGISTRALES en todas las Circunscripciones Judiciales de la República (Transitorio).
ACORDADA Nº 487 DEL 19-11-2007
PLAZOS PROCESALES Y
REGISTRALES en todas las Circunscripciones Judiciales de la
República (Transitorio).
En la
ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los
diecinueve días del mes de noviembre de dos mil siete, siendo las
12:30 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte
Suprema de Justicia, la Excma. Señora Presidenta Dra. Alicia Beatriz
Pucheta de Correa y los Excmos. Señores Ministros Doctores José V.
Altamirano, Miguel Oscar Bajac A., Antonio Fretes, César Antonio
Garay, Víctor Manuel Núñez Rodríguez y José Raúl Torres
Kirmser, ante mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:
Que por Nota del Colegio
de Abogados del Paraguay del 16 de noviembre de 2007 se solicitó a
la Corte Suprema de Justicia disponer la suspensión de todos los
plazos procesales a partir del día lunes 5 de noviembre de 2007 al
día que sea reestablecida la actividad judicial.
Por Acordadas Nº. 482
del 5 de noviembre de 2007, Nº 483 del 7 de noviembre de 2007, Nº
484 del 8 de noviembre de 2007, Nº 485 del 12 de noviembre de 2007 y
Nº 486 del 14 de noviembre de 2007 se suspendieron los plazos
procesales y registrales en todas las Circunscripciones Judiciales de
la República, que vencían, disponiéndose su fenecimiento en el día
citado en cada una de ellas.
La Corte Suprema de
Justicia tiene atribuciones para dictar todos los actos que fueren
necesarios para la mejor organización y eficiencia de la
administración de la justicia, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 3º Inc. b) de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte
Suprema de Justicia”.
Por tanto, en uso de sus
atribuciones,
LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
ACUERDA:
Artículo 1º
Aclarar
que lo decidido por las Acordadas enunciadas comprende la suspensión
de todos los plazos procesales y registrales.
Artículo 2º
Anotar,
registrar, notificar.
Ante mí: