ACORDADA Nº 534 DEL 22-07-2008 CÓDIGO PROCESAL PENAL – Secretarías de Juzgado Penal de Garantías en Santa Rosa del Aguaray.
ACORDADA Nº 534 DEL 22-07-2008
CÓDIGO PROCESAL PENAL
– Secretarías de Juzgado Penal de Garantías en Santa Rosa del
Aguaray.
En
la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los
veintidós días del mes de julio del año dos mil ocho, siendo las
12:00 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte
Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Víctor Manuel
Núñez Rodríguez, y los Excmos. Señores Ministros Doctores, José
Raúl Torres Kirmser, Sindulfo Blanco, Antonio Fretes, César Antonio
Garay y Alicia Beatriz Pucheta de Correa y, ante mí, el Secretario
autorizante;
D I J E R O N:
Que, por Decreto N°
1072 del 27 de mayo de 2008 de la Corte Suprema de Justicia, la Abog.
María Esther Sena de Aguilera, fue designada en carácter de Jueza
en lo Penal de Liquidación y Sentencia de la Circunscripción
Judicial de Caaguazú y San Pedro.
Que, por Resolución N°
1563 del 27 de mayo de 2008, la Corte Suprema de Justicia dispuso que
aquella cumpla funciones de Juez Penal de Garantías de Santa Rosa
del Aguaray, cargo vacante de la Circunscripción Judicial de San
Pedro.
Que, por Resolución N°
1576 del 3 de junio de 2008, la Corte Suprema de Justicia resolvió
disponer que el sistema de turnos y guardias, para aquellas
localidades donde se cuenta solamente con dos (2) Juzgados Penales
de Garantías, sean de quince (15) días por cada uno,
siendo el de turno y guardia el competente en las actuaciones
sucesivas que se generen en la causa, resultando pertinente la
aplicación de aquella a efectos de mejorar el funcionamiento de los
Juzgados Penales de Garantías de la Circunscripción Judicial de San
Pedro.
Los
Art. 27 y 29 de la ley N° 879/81, en concordancia con la Ley N°
609/95, establecen la potestad de superintendencia de la Corte
Suprema de Justicia sobre las oficinas del Poder Judicial de la
República, para el fiel cumplimiento de las finalidades que le son
asignadas por la Constitución y la Ley.
Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
ACUERDA:
Artículo 1°
DISPONER
que la Secretaría del Juzgado Penal de Garantías de Santa Rosa del
Aguaray de la Circunscripción Judicial de San Pedro -hoy a cargo del
Actuario Gustavo René Aguilera- preste funciones a disposición del
Segundo Juzgado de igual clase y jurisdicción, que pasa a
constituirse además en el del 2° turno, a cargo de la Jueza María
Esther Sena de Aguilera.
Artículo 2º
ESTABLECER
que la presente Acordada trae aparejada la distribución de los
expedientes existentes en los citados Juzgados, conforme al Registro
de Entrada de cada Secretaría.
Artículo 3º
ASIGNAR
a los Jueces Penales de Garantías de la Circunscripción Judicial de
San Pedro el turno pertinente, conforme a lo establecido en la
Resolución N° 1576/08 de la Corte Suprema de Justicia.
Artículo 4º
ANOTAR,
registrar, notificar.
Ante mí: