ACORDADA Nº 569 DEL 12 DE MAYO DE 2009 POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA CIUDAD DE SAN PEDRO DE YCUAMANDYYÚ.
ACORDADA Nº 569 DEL 12 DE MAYO DE 2009
POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA
CIUDAD DE SAN PEDRO DE YCUAMANDYYÚ.
En la ciudad de Asunción,
Capital de la República del Paraguay a los doce días del mes de
mayo del año dos mil nueve, siendo las 12:00 horas, estando reunidos
en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el
Excelentísimo Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los
Excelentísimos Señores Ministros Doctores: César Antonio Garay,
Alicia Beatriz Pucheta de Correa, José V. Altamirano, Miguel Oscar
Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Víctor Manuel Núñez Rodríguez y
José Raúl Torres Kirmser, y ante mí, el Secretario autorizante;
D
I J E R O N:
Que por resolución Especial del 12 de mayo de 2009 de
la Municipalidad de San Pedro de Ycuanandyyú se declaró asueto en
dicha ciudad con motivo de los 198 años del Día de la
Independencia.
Que teniendo en cuenta el pedido formulado por el
Miembro del Tribunal de Apelación de la Circunscripción Judicial de
San Pedro, Abog. Félix Ramírez Torres, para establecer que los
plazos procesales que vencen el día jueves 14 de mayo de 2009,
fenezcan el día lunes 18 de mayo de 2009.
Por tanto,
LA CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A
Art. 1º.- ESTABLECER que los
plazos procesales de la Ciudad de San Pedro de Ycuamandyyú que
vencen el día jueves 14 de mayo de 2009, fenezcan el día lunes 18
de mayo del año en curso.
Art. 2°.: ANOTAR, registrar, notificar.
Ante mí: