ACORDADA Nº 571 DEL 12 DE MAYO DEL 2009 POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA CIUDAD DE CORONEL OVIEDO
ACORDADA Nº 571 DEL 12 DE MAYO DEL 2009
POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA
CIUDAD DE CORONEL OVIEDO
En la ciudad de Asunción, Capital de la
República del Paraguay a los doce días del mes de mayo del año dos
mil nueve, siendo las 12:00 horas, estando reunidos en la Sala de
Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excelentísimo Señor
Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excelentísimos Señores
Ministros Doctores: César Antonio Garay, Alicia Beatriz Pucheta de
Correa, José V. Altamirano, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo
Blanco, Víctor Manuel Núñez Rodríguez y José Raúl Torres
Kirmser, y ante mí, el Secretario autorizante;
D I J E R O N:
Que
por Ordenanza Nº 006/2009 de la Junta Municipal de Coronel Oviedo se
declaró asueto en la Ciudad de Coronel Oviedo el día 14 de mayo de
2009 Que teniendo en cuenta el pedido formulado por el Presidente del
Tribunal de Apelación de la Circunscripción Judicial de Caaguazú
Abog. Esteban Escandriolo para establecer que los plazos procesales
que vencen el día jueves 14 de mayo de 2009, fenezcan el día lunes
18 de mayo de 2009.
Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R
D A
Art. 1º.- ESTABLECER que los plazos procesales de la Ciudad de
Coronel Oviedo que vencen el día jueves 14 de mayo de 2009, fenezcan
el día lunes 18 de mayo del año en curso.
Art. 2°.: ANOTAR,
registrar, notificar.
Ante mí: