ACORDADA Nº 584 (Quinientos ochenta y cuatro.) DEL 15 DE SETIEMBRE DE 2009. POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO LA ACORDADA Nº 393/2005 Y LA RESOLUCIÓN Nº 1293/06 DEL CONSEJO DE SUPERINTENDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
ACORDADA Nº 584 (Quinientos
ochenta y cuatro.) DEL 15 DE SETIEMBRE DE 2009.
POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO LA ACORDADA Nº
393/2005 Y LA RESOLUCIÓN Nº 1293/06 DEL CONSEJO DE SUPERINTENDENCIA
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
En la ciudad de Asunción, Capital
de la República del Paraguay a los quince días del mes de setiembre
del año dos mil nueve, siendo las doce horas, estando reunidos en la
Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excelentísimo
Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excelentísimos Señores
Ministros Doctores: César Antonio Garay, Alicia Beatriz Pucheta de
Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Víctor Manuel
Núñez Rodríguez y José Raúl Torres Kirmser, y ante mí, el
Secretario autorizante;
DIJERON:
Que por Acordada Nº 393 del 29 de
noviembre de 2005, se integró la lista de Tribunales de Sentencia de
la Circunscripción Judicial de Paraguarí, con los siguientes
magistrados judiciales: Germán Antonio Torres Mendoza, Juez Penal de
Liquidación y Sentencia de Paraguari, Blas Francisco Cabriza, Juez
Penal de Garantías de Paraguarí, Bibiana Teresita Benítez de
Garay, Jueza Penal de Garantías de Ybycuí y Víctor Manuel Vega
González, Juez Penal de Garantías de Carapeguá.
Por Resolución Nº
1293 del 31 de julio de 2006 del Consejo de Superintendencia de la
Corte Suprema de Justicia, se incluyó a la Magistrada, Abog.
Victoria Ortiz Riveros, como integrante de los Tribunales de
Sentencia para la Circunscripción Judicial de Paraguarí.
Por
Decreto Nº 1128 del 14 de abril de 2009, se designó en carácter de
Jueces en lo Penal y de Sentencia de la Circunscripción Judicial de
Paraguari a los Abogados Gerardo Ruiz Díaz Ruiz Díaz, Hugo Ignacio
Ríos Alcaráz y Gloria Azucena Garay de Cristaldo. Por Nota
presentada en fecha 1 de setiembre de 209 por los magistrados, Blas
Francisco Cabriza, Bibiana Teresita Benítez de Garay, Víctor Manuel
Vega González y Victoria Ortiz Riveros, solicitaron a esta máxima
instancia sean desafectados de la lista de Tribunales de Sentencia de
la Circunscripción Judicial de Paraguari, para un mejor desempeño y
optimización del servicio, dedicándose a tiempo completo para
cumplir las funciones para la cual fueron designados.
El Art. 3º de
la Ley Nº 609/95, inciso b) le confiere a la Corte Suprema de
Justicia, la facultad de “Dictar su propio reglamento interno, las
acordadas y todos los actos que fueren necesarios para la mejor
organización y eficiencia de la administración de Justicia”.
Por tanto, LA CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1º.- Dejar sin efecto la Acordada Nº
393 del 29 de noviembre de 2005 y la Resolución Nº 1293 del 31 de
julio de 2006 del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de
Justicia.
Art. 2º.- Anotar, registrar, notificar.
Ante mí: