ACORDADA Nº 586 (Quinientos ochenta y seis.) DEL 01 DE OCTUBRE DE 2009 POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ÑEEMBUCÚ.
ACORDADA Nº 586 (Quinientos
ochenta y seis.) DEL 01 DE OCTUBRE DE 2009
POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ÑEEMBUCÚ.
En la ciudad de Asunción,
Capital de la República del Paraguay a los un día del mes octubre del
año dos mil nueve, siendo las 12:00 horas, estando reunidos en la
Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excelentísimo
Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excelentísimos Señores
Ministros Doctores: César Antonio Garay, Alicia Beatriz Pucheta de
Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Víctor Manuel
Núñez Rodríguez y José Raúl Torres Kirmser, y ante mí, el
Secretario autorizante;
DIJERON:
Que por Nota NR Nº 072/2009 del 30
de setiembre de 2009 el Abog. Carlos A. Domínguez Rolón, Presidente
del Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de
Ñeembucú, solicitó la suspensión de los plazos procesales para el
día lunes 12 de octubre de 2009 con motivo del asueto declarado en
dicho municipio por la conmemoración del día de la Virgen del Pilar
y aniversario de la fundación de esa ciudad.
Por tanto, LA CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1°.- Establecer que los
plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú que
vencen el día lunes 12 de octubre de 2009, fenezcan el día martes
13 de octubre del año en curso.
Art. 2°.- Anotar, registrar y
notificar.
Ante mí: