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ACORDADA Nº 586 (Quinientos ochenta y seis.) DEL 01 DE OCTUBRE DE 2009 POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ÑEEMBUCÚ.


ACORDADA Nº 586 (Quinientos ochenta y seis.) DEL 01 DE OCTUBRE DE 2009 

POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ÑEEMBUCÚ. 

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los un día del mes octubre del año dos mil nueve, siendo las 12:00 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excelentísimo Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excelentísimos Señores Ministros Doctores: César Antonio Garay, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Víctor Manuel Núñez Rodríguez y José Raúl Torres Kirmser, y ante mí, el Secretario autorizante; 

DIJERON: 

Que por Nota NR Nº 072/2009 del 30 de setiembre de 2009 el Abog. Carlos A. Domínguez Rolón, Presidente del Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú, solicitó la suspensión de los plazos procesales para el día lunes 12 de octubre de 2009 con motivo del asueto declarado en dicho municipio por la conmemoración del día de la Virgen del Pilar y aniversario de la fundación de esa ciudad. 

Por tanto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 

A C U E R D A: 

Art. 1°.- Establecer que los plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú que vencen el día lunes 12 de octubre de 2009, fenezcan el día martes 13 de octubre del año en curso. 

Art. 2°.- Anotar, registrar y notificar. 

Ante mí: