ACORDADA Nº 616 (Seiscientos dieciséis) del 26 de abril del 2010. Por la cual se dispone que las funciones correspondientes a Oficina de Integridad Institucional y la Dirección de Asuntos Internacionales, sean desarrolladas ante la “Dirección de Asuntos Internacionales e Integridad Institucional” del Área de Estrategia y Apoyo Institucional de la Corte Suprema de Justicia.
ACORDADA Nº 616 (Seiscientos
dieciséis) del 26 de abril del 2010.
Por la cual se dispone que las funciones correspondientes
a Oficina de Integridad Institucional y la Dirección de Asuntos
Internacionales, sean desarrolladas ante la “Dirección de Asuntos
Internacionales e Integridad Institucional” del Área de Estrategia
y Apoyo Institucional de la Corte Suprema de Justicia.
En la ciudad
de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los veintiséis
días del mes de abril del año dos mil diez, siendo las 12:00 horas,
estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de
Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José Raúl Torres Kirmser,
y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Víctor Manuel Núñez
Rodríguez, Sindulfo Blanco, Miguel Oscar Bajac Albertini, Antonio
Fretes, César Antonio Garay, y Alicia Beatriz Pucheta de Correa,
ante mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:
Vistas las Acordadas Nº
533/2.008, 542/2.008 y 472/2.007, que crearon y establecieron las
funciones de la Dirección de Asuntos Internacionales y la Oficina de
Integridad Institucional dependientes de la Corte Suprema de
Justicia. Considerando que la Corte Suprema de Justicia implementa
las estrategias de apoyo institucional que afectan transversalmente a
todas sus dependencias, a la fecha resulta pertinente que las
funciones correspondientes a la Oficina de Integridad Institucional y
la Dirección de Asuntos Internacionales, sean desarrolladas ante la
“Dirección de Asuntos Internacionales e Integridad Institucional”
del Área de Estrategia y Apoyo Institucional de esta máxima
instancia judicial.
Que, la Corte Suprema de Justicia tienes
atribuciones para dictar todos los actos que fueren necesarios para
la mejor organización y eficiencia de la Administración de
Justicia, de conformidad con lo dispuesto por el art. 3 de la Ley
609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”.
Por tanto; LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDA:
Art.1º.- DISPONER que las
funciones correspondientes a la Oficina de Integridad Institucional y
la Dirección de Asuntos Internacionales, enunciadas en las Acordadas
citadas en el exordio de la presente, sean desarrolladas ante la
“Dirección de Asuntos Internacionales e Integridad Institucional”,
del Área de Estrategia y Apoyo Institucional de esta máxima
instancia judicial.
Art. 2º.- ANOTAR, registrar, notificar. Ante mí: