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ACORDADA Nº 616 (Seiscientos dieciséis) del 26 de abril del 2010. Por la cual se dispone que las funciones correspondientes a Oficina de Integridad Institucional y la Dirección de Asuntos Internacionales, sean desarrolladas ante la “Dirección de Asuntos Internacionales e Integridad Institucional” del Área de Estrategia y Apoyo Institucional de la Corte Suprema de Justicia.


ACORDADA Nº 616 (Seiscientos dieciséis) del 26 de abril del 2010. 

Por la cual se dispone que las funciones correspondientes a Oficina de Integridad Institucional y la Dirección de Asuntos Internacionales, sean desarrolladas ante la “Dirección de Asuntos Internacionales e Integridad Institucional” del Área de Estrategia y Apoyo Institucional de la Corte Suprema de Justicia. 

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil diez, siendo las 12:00 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José Raúl Torres Kirmser, y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Víctor Manuel Núñez Rodríguez, Sindulfo Blanco, Miguel Oscar Bajac Albertini, Antonio Fretes, César Antonio Garay, y Alicia Beatriz Pucheta de Correa, ante mí, el Secretario autorizante; 

DIJERON: 

Vistas las Acordadas Nº 533/2.008, 542/2.008 y 472/2.007, que crearon y establecieron las funciones de la Dirección de Asuntos Internacionales y la Oficina de Integridad Institucional dependientes de la Corte Suprema de Justicia. Considerando que la Corte Suprema de Justicia implementa las estrategias de apoyo institucional que afectan transversalmente a todas sus dependencias, a la fecha resulta pertinente que las funciones correspondientes a la Oficina de Integridad Institucional y la Dirección de Asuntos Internacionales, sean desarrolladas ante la “Dirección de Asuntos Internacionales e Integridad Institucional” del Área de Estrategia y Apoyo Institucional de esta máxima instancia judicial. 

Que, la Corte Suprema de Justicia tienes atribuciones para dictar todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la Administración de Justicia, de conformidad con lo dispuesto por el art. 3 de la Ley 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”. 

Por tanto; LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 

ACUERDA: 

Art.1º.- DISPONER que las funciones correspondientes a la Oficina de Integridad Institucional y la Dirección de Asuntos Internacionales, enunciadas en las Acordadas citadas en el exordio de la presente, sean desarrolladas ante la “Dirección de Asuntos Internacionales e Integridad Institucional”, del Área de Estrategia y Apoyo Institucional de esta máxima instancia judicial. 

Art. 2º.- ANOTAR, registrar, notificar. Ante mí: