ACORDADA Nº 623 (Seiscientos veintitrés) del 11 de mayo del 2010. Por la que estableces que los plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Caazapá, que vencen el día viernes 14 de mayo de 2.010, fenezcan el día lunes 17 de mayo del año en curso.
ACORDADA Nº 623 (Seiscientos
veintitrés) del 11 de mayo del 2010.
Por la que estableces que los plazos procesales de la
Circunscripción Judicial de Caazapá, que vencen el día viernes 14
de mayo de 2.010, fenezcan el día lunes 17 de mayo del año en
curso.
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del
Paraguay a los once días del mes de mayo del año dos mil diez,
siendo las 12:00 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la
Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José Raúl
Torres Kirmser, y los Señores Ministros Doctores, Víctor Manuel
Núñez Rodríguez, Sindulfo Blanco, Miguel Oscar Bajac Albertini,
Antonio Fretes, César Antonio Garay, y Alicia Beatriz Pucheta de
Correa, ante mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:
Que por
Resolución Nº 75/2010 del 7 de mayo de 2010 de la Municipalidad de
Caazapá declaró asueto Distrital el día 14 de mayo de 2010, con
motivo de las celebraciones del día de la Independencia Nacional.
Por Nota Nº 46 del 10 de mayo de 2010, el Vicepresidente en
ejercicio de la Presidencia del Consejo de Administración de la
Circunscripción Judicial de Caazapá, Dr. David Alider Ruiz Díaz
solicitó que los plazos procesales que vencen el día viernes 14 de
mayo de 2010, fenezcan el día lunes 17 de mayo de 2010.
Por tanto;
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDA:
Art.1º.- ESTABLECER que los
plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Caazapá, que
vencen el día viernes 14 de mayo de 2010, fenezcan el día lunes 17
de mayo del año en curso.
Art. 2º.- ANOTAR, registrar, notificar.
Ante mí: