ACORDADA N° 634 (Seiscientos treinta y cuatro) 15 de junio del 2010. Por la que se crea la Oficina de Coordinación y Seguimiento de los Tribunales de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Central.
ACORDADA N° 634 (Seiscientos
treinta y cuatro) 15 de junio del 2010.
Por la que se crea la Oficina de Coordinación y
Seguimiento de los Tribunales de Sentencia de la Circunscripción
Judicial de Central.
En la ciudad de Asunción, Capital de la
República del Paraguay a los quince días del mes de junio del año
dos mil diez, siendo las 12:00 horas, estando reunidos en la Sala de
Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente
Dr. José Raúl Torres Kirmser, y los Excmos. Señores Ministros
Doctores, Víctor Manuel Núñez Rodríguez, Sindulfo Blanco, Miguel
Oscar Bajac Albertini, Antonio Fretes, César Antonio Garay, y Alicia
Beatriz Pucheta de Correa, ante mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:
Que, por Acordada N° 154/2000 se estableció la integración
de los Tribunales de Sentencia y la recepción y sistema de sorteos y
por Acordada Nº 209/2001 se creó la Oficina de Coordinación y
Apoyo General al Sistema Penal, su funcionamiento, dependencias que
la conforman y el relacionamiento, reglamentada por Resolución de la
Corte Suprema de Justicia N° 876/2001.
Por Acordada Nº 294/2003 se
estableció el funcionamiento de los Tribunales de Sentencia en
periodo de Feria Judicial y el sistema de guardias. Por Acordada Nº
591/2009 se creó la Oficina de Coordinación y Seguimiento de
Juicios Orales de la Capital y por Resolución de la Corte Suprema de
Justicia Nº 2380/2009. se dispuso la conformación de los Tribunales
que atenderán anualmente los Juicios Orales y los Tribunales
Unipersonales.
En ese sentido, el cumplimiento de los objetivos
institucionales requiere la aplicación de ajustes que garanticen el
acceso a la justicia en forma oportuna y eficiente de la población
de la Circunscripción Judicial de Central.
La aplicación de
mecanismos de distribución equitativa de tareas entre miembros de
Tribunales de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Central y
la realización en tiempo y forma de los juicios programados,
requiere la implementación de procedimientos estandarizados con
indicadores objetivos, que permitan el uso optimizado de todos los
recursos disponibles, a fin de atender eficientemente las exigencias
de dicha localidad.
En consideración a estos argumentos y en uso de
sus atribuciones legales, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDA:
Art.
1°.- Créase la Oficina de Coordinación y Seguimiento de los
Juicios Orales de la Circunscripción Judicial de Central con sede en
la ciudad de San Lorenzo, que tendrá a su cargo la recepción
electrónica y material de los expedientes elevados a juicio oral, el
sorteo del número del Tribunal que atenderá la causa y en el mismo
acto la propuesta de fecha y hora de realización del juicio oral,
así como la sala en la que tendrá lugar el mismo, debiendo llevar a
tales efectos un pormenorizado control de las agendas de los Jueces
de Sentencia. Presidirá el Tribunal de Sentencia, el primero de los
miembros desinsaculado como titular. ACORDADA N° Seiscientos treinta
y cuatro
Art. 2.- Establecer como estructura y funcionamiento de la
Oficina de Coordinación y Seguimiento de los Juicios Orales de
Central, la aprobada en el Art. 5º de la Acordada 591 de 09 de
diciembre de 2.009.
Art. 3°.- Disponer la integración de los
Tribunales de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Central,
con el actual número de Miembros Integrantes pertenecientes a
Capital, que prevé la suplencia correspondiente.
Art. 4°.- Disponer
que la Oficina de Coordinación y Seguimiento de Juicios Orales de
Central, coordine con el Ministerio Público y la Defensa Pública
los mecanismos para precautelar un esquema de notificaciones
eficientes, a fin de que no se suspendan audiencias por superposición
de las mismas o deficiencias en la notificación. El seguimiento del
desarrollo de los juicios orales de los Tribunales de Sentencia,
estará a cargo de la Oficina de Coordinación y Seguimiento de
Juicios Orales, quienes ante cualquier irregularidad, deberán
informar a la Dirección de Auditoria de Gestión Judicial.
Art. 5º.-
Encomendar a la Dirección de Informática y Sistemas la
implementación del sistema informático de recepción, registro
distribución aleatoria y equitativa de los expedientes elevados a
juicio oral, así como los ajustes resultantes de la implementación
de la aplicación desarrollada.
Art.6°.- Encargar a la Dirección
General de Recursos Humanos y a la Dirección de Planificación y
Desarrollo el proceso de selección y capacitación de recursos
humanos, a efecto del funcionamiento efectivo de la Oficina de
Coordinación y Seguimiento de los Tribunales de Sentencia de la
Circunscripción Judicial de Central.
Art. 7°.- Encomendar a la
Dirección General de Administración la dotación de los recursos
tecnológicos, mobiliario y otros requeridos para el funcionamiento
de la Oficina de Coordinación y Seguimiento de Juicios Orales de la
Circunscripción Judicial de Central.
Art. 8°.- Deróganse todas
disposiciones contrarias a lo establecido en la presente Acordada.
Art. 9°.- Disponer que la presente Acordada entre en vigencia a
partir del 23 de junio de 2010.
Art. 10°.- Anotar, registrar,
notificar.- Ante mí: