ACORDADA Nº 655 (Seiscientos cincuenta y cinco) del 19 de octubre de 2010. Por la que se dispone la ampliación de la Acordada Nº 652 del 5 de octubre de 2010 a los Juzgados que tienen más de un turno de la Circunscripción Judicial de Central.
ACORDADA Nº 655 (Seiscientos
cincuenta y cinco) del 19 de octubre de 2010.
Por la que se dispone la ampliación de la Acordada
Nº 652 del 5 de octubre de 2010 a los Juzgados que tienen más de un
turno de la Circunscripción Judicial de Central.
En la ciudad de
Asunción, Capital de la República del Paraguay a los diecinueve
días del mes de octubre del año dos mil diez, siendo las doce
horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de
Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José Raúl Torres Kirmser,
y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Víctor Manuel Núñez
Rodríguez, Sindulfo Blanco, Miguel Oscar Bajac Albertini, Antonio
Fretes, César Antonio Garay y Alicia Beatriz Pucheta de Correa, ante
mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:
Que de conformidad con lo
dispuesto por el Art. 3º inciso b), de la Ley Nº 609/95 “Que
organiza la Corte Suprema de Justicia”, es atribución de la Corte
en pleno “dictar su propio reglamento interno, las acordadas, y
todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y
eficiencia de la Administración de Justicia”.
Por Acordada Nº 652
del 5 de octubre de 2010 se estableció el número de 200
(doscientos) expedientes, 100 (cien) por Secretaría, en el caso de
que el Juzgado tenga dos Secretarías, como cupo de cada Turno para
aquellos Juzgados de Primera Instancia de los distintos fueros de la
Ciudad de Luque, Circunscripción Judicial de Central, que posean más
de un turno.
Es necesario ampliar la Acordada de referencia a la
Circunscripción Judicial de Central a los efectos de mejorar y
optimizar el sistema vigente respecto a los turnos y distribución de
expedientes en los Juzgados de Primera Instancia en los fueros Civil,
Comercial, Laboral, de la Niñez y la Adolescencia. de la mencionada
Circunscripción.
Por tanto en uso de sus atribuciones, LA CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA A C U E R D A:
Art. 1º.- Ampliar la Acordada Nº
652 del 5 de octubre de 2010 a la Circunscripción Judicial de
Central, de conformidad al exordio de la presente Acordada. Ésta
disposición entrará en vigencia a partir del diecinueve de octubre
del corriente año.
Art. 2º.- Disponer que a los Juzgados más
antiguos le correspondan el Primer Turno y así sucesivamente.
Art. 3º.- Anotar, registrar, notificar.
Ante mí: