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ACORDADA Nº 655 (Seiscientos cincuenta y cinco) del 19 de octubre de 2010. Por la que se dispone la ampliación de la Acordada Nº 652 del 5 de octubre de 2010 a los Juzgados que tienen más de un turno de la Circunscripción Judicial de Central.


ACORDADA Nº 655 (Seiscientos cincuenta y cinco) del 19 de octubre de 2010. 

Por la que se dispone la ampliación de la Acordada Nº 652 del 5 de octubre de 2010 a los Juzgados que tienen más de un turno de la Circunscripción Judicial de Central. 

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil diez, siendo las doce horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José Raúl Torres Kirmser, y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Víctor Manuel Núñez Rodríguez, Sindulfo Blanco, Miguel Oscar Bajac Albertini, Antonio Fretes, César Antonio Garay y Alicia Beatriz Pucheta de Correa, ante mí, el Secretario autorizante; 

DIJERON: 

Que de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3º inciso b), de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, es atribución de la Corte en pleno “dictar su propio reglamento interno, las acordadas, y todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la Administración de Justicia”. 

Por Acordada Nº 652 del 5 de octubre de 2010 se estableció el número de 200 (doscientos) expedientes, 100 (cien) por Secretaría, en el caso de que el Juzgado tenga dos Secretarías, como cupo de cada Turno para aquellos Juzgados de Primera Instancia de los distintos fueros de la Ciudad de Luque, Circunscripción Judicial de Central, que posean más de un turno. 

Es necesario ampliar la Acordada de referencia a la Circunscripción Judicial de Central a los efectos de mejorar y optimizar el sistema vigente respecto a los turnos y distribución de expedientes en los Juzgados de Primera Instancia en los fueros Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y la Adolescencia. de la mencionada Circunscripción. 

Por tanto en uso de sus atribuciones, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A C U E R D A: 

Art. 1º.- Ampliar la Acordada Nº 652 del 5 de octubre de 2010 a la Circunscripción Judicial de Central, de conformidad al exordio de la presente Acordada. Ésta disposición entrará en vigencia a partir del diecinueve de octubre del corriente año. 

Art. 2º.- Disponer que a los Juzgados más antiguos le correspondan el Primer Turno y así sucesivamente. 

Art. 3º.- Anotar, registrar, notificar. 
Ante mí: