ACORDADA Nº 645 (Seiscientos cuarenta y cinco) del 07 de setiembre del 2010. Por la que se dispone que el Magistrado Abg. Enrique Inocencio Sanabria Torres preste servicios en carácter de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno, del Juzgado de la ciudad de Luque, de la Circunscripción Judicial de Central.
ACORDADA Nº 645 (Seiscientos
cuarenta y cinco) del 07 de setiembre del 2010.
Por la que se dispone que el Magistrado Abg. Enrique
Inocencio Sanabria Torres preste servicios en carácter de Juez de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno, del
Juzgado de la ciudad de Luque, de la Circunscripción Judicial de
Central.
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del
Paraguay a los…siete.días del mes de setiembre del año dos mil
diez, siendo las doce horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos
de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José
Raúl Torres Kirmser, y los Excmos. Señores Ministros Doctores,
Víctor Manuel Núñez Rodríguez, Sindulfo Blanco, Miguel Oscar
Bajac Albertini, Antonio Fretes, César Antonio Garay y Alicia
Beatriz Pucheta de Correa, ante mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:
Que, la Corte Suprema de Justicia, en el marco de sus
objetivos institucionales, tiene como fin mejorar los servicios en la
administración de justicia.
En este sentido, es necesario disponer
que el Magistrado Abg. Enrique Inocencio Sanabria Torres preste
servicios en carácter de Juez de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial del Segundo Turno del Juzgado de la ciudad de Luque, de la
Circunscripción Judicial de Central, con miras a garantizar el
principio de celeridad procesal en beneficio a los justiciables.
A
estos efectos, los procesos judiciales obrantes en el Juzgado del
Primer Turno de la ciudad de Luque, a cargo del Abg. Juvencio Torres,
deberán ser distribuidos entre ambos Juzgados de forma pública y
equitativa en presencia de los Magistrados y Actuarios Judiciales, en
el día y hora establecidos, excluyéndose de dicha distribución
aquellos expedientes que se encuentren en estado de “Autos para
Resolver” y “Autos para Sentencia”.
Que, la Corte Suprema de
Justicia, tiene atribuciones para dictar las resoluciones necesarias
para la mejor organización y eficiencia de la administración de
justicia, con arreglo al Artículo 3°, inc b) de la Ley 609/95,
Por
Tanto; LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDA:
Art. 1°.- DISPONER que
el Magistrado Abg. Enrique Inocencio Sanabria Torres preste servicios
en carácter de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del
Segundo Turno, del Juzgado de la ciudad de Luque, de la
Circunscripción Judicial de Central.
2º.- DISPONER la distribución de los procesos judiciales
obrantes en el Juzgado del Primer Turno de la ciudad de Luque, a
cargo del Abg. Juvencio Torres, entre ambos Juzgados de forma pública
y equitativa en presencia de los Magistrados y Actuarios Judiciales,
el día…………………..de…………...de 2010, a
las……………...hs., excluyéndose aquellos expedientes que se
encuentren en estado de “Autos para Resolver” y “Autos para
Sentencia”.
Art. 3°.- ANOTAR, registrar, notificar.
Ante mí: