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ACORDADA Nº 647 (Seiscientos cuarenta y siete) del 14 de setiembre del 2010. Por la cual se dispone que el Magistrado Mario Camilo Torres Leguizamón cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal de la Adolescencia de Lambaré y que la Magistrada Cristina Aquino Villalba cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Lambaré - Circunscripción Judicial de Central, hasta nueva disposición.


ACORDADA Nº 647 (Seiscientos cuarenta y siete) del 14 de setiembre del 2010. 

Por la cual se dispone que el Magistrado Mario Camilo Torres Leguizamón cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal de la Adolescencia de Lambaré y que la Magistrada Cristina Aquino Villalba cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Lambaré - Circunscripción Judicial de Central, hasta nueva disposición. 

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los catorce..días del mes de setiembre del año dos mil diez, siendo las doce horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José Raúl Torres Kirmser, y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Víctor Manuel Núñez Rodríguez, Sindulfo Blanco, Miguel Oscar Bajac Albertini, Antonio Fretes, César Antonio Garay y Alicia Beatriz Pucheta de Correa, ante mí, el Secretario autorizante; 

D I J E R O N: 

Que, por Decreto Nº 1219 del 2 de agosto de 2010 se designó como Jueza de Primera Instancia en lo Penal de la Adolescencia de Lambaré a la Abog. Cristina Aquino Villalba. 

Por Acordada Nº 644 del 7 de setiembre de 2010 se dispuso que el Magistrado Mario Camilo Torres Leguizamón cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Lambaré de la Circunscripción Judicial de Central, hasta nueva disposición. Teniendo en consideración tanto la idoneidad, trayectoria y especialidad de ambos Magistrados en el campo de la niñez, en vista a precautelar siempre el interés superior del niño y a optimizar la atención de casos que involucran a niños/as y adolescentes dentro del campo de la Justicia, corresponde disponer que el Magistrado Mario Camilo Torres Leguizamón cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal de la Adolescencia de Lambaré y que la Magistrada Cristina Aquino Villalba cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Lambaré - Circunscripción Judicial de Central, hasta nueva disposición. 

La Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones para dictar los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º inciso b) de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”. 

Por tanto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A C U E R D A: 

Art. 1º.- DISPONER que el Magistrado Mario Camilo Torres Leguizamón cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal de la Adolescencia de Lambaré de la Circunscripción Judicial de Central, hasta nueva disposición. 

Art. 2º.- DISPONER que la Magistrada Cristina Aquino Villalba cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Lambaré - Circunscripción Judicial de Central, hasta nueva disposición. 

Art. 3º.- ANOTAR, registrar y notificar. 
Ante mí: