ACORDADA Nº 660 (seiscientos sesente) del 07 de diciembre del 2010. Reglamentar la organización de la Jurisdicción Penal de la Capital, durante la Feria Judicial 2011.
ACORDADA Nº 660 (seiscientos sesenta) del 07 de diciembre del 2010.
Reglamentar la organización de la Jurisdicción Penal de la Capital, durante la Feria Judicial 2011.
En la
ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los
siete días del mes de diciembre de dos mil diez, siendo las doce
horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de
Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José Raúl Torres Kirmser
y los Excmos. Señores Ministros Doctores Víctor Manuel Núñez
Rodríguez, Sindulfo Blanco, Miguel Oscar Bajac Albertini, Antonio
Fretes, César Antonio Garay y Alicia Beatriz Pucheta de Correa, ante
mí, el Secretario autorizante;
D I J E R O N
Que es necesario
reglamentar la organización de la Jurisdicción Penal de la Capital,
durante la Feria Judicial 2011.
El art. 362 del Código de
Organización Judicial establece el mes de enero como FERIA JUDICIAL.
La Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones para organizar el
despacho de los asuntos urgentes durante la feria, de conformidad con
las leyes de procedimientos respectivas, según lo dispone el art.
363 del mismo cuerpo legal.
Habiendo entrado en vigencia plena el
Código Procesal Penal, es necesario organizar el funcionamiento de
la Jurisdicción Penal durante la feria judicial, de conformidad con
las disposiciones de aquel.
Por tanto, en uso de sus atribuciones, LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A
Art. 1°.- El Juzgado Penal
de Liquidación y Sentencia de la Capital quedará a cargo de los
siguientes Jueces de conformidad con el presente esquema: FECHAS
JUECES PENALES DE LIQUIDACIÓN Y SENTENCIA Del 01 al 15 de enero
Abog. Arnaldo Fleitas Ortiz Del 16 al 31 de enero Dr. Manuel Aguirre
Rodas
Art. 2°.- Los Juzgados Penales de Sentencias de la Capital
quedarán a cargo de los siguientes Jueces de conformidad con el
presente esquema: FECHAS JUECES PENALES DE SENTENCIA Del 01 al 15 de
enero Dr. Andrés Casati Caballero Del 01 al 16 de enero Dr. Víctor
Manuel Medina Silva Del 01 al 31 de enero Dr. Manuel Aguirre Rodas
Del 21 al 31 de enero Abog. Alba María González Rolón Del 16 al 31
de enero Abog. Wilfrido Peralta Arguello Del 17 al 31 de enero Abog.
Blas Ramón Cabriza Rojas
Art. 3°.- Los Juzgados Penales de Garantía
de la Capital quedarán a cargo de los siguientes Jueces de
conformidad con el presente esquema: FECHAS JUECES PENALES DE
GARANTÍA Del 01 al 31 de enero En el Nº 1, 5 y 11, Dr. Hugo Sosa
Pasmor Del 01 al 31 de enero En el Nº 4, Abog. Rubén Darío
Riquelme Del 01 al 15 de enero En el Nº 2 y 3, Dr. Hugo Sosa Pasmor
Del 01 al 15 de enero En el Nº 6 y 8, Abog. Gustavo Amarilla Arnica
Del 01 al 15 de enero En el Nº 7 y 9, Abog. Griselda Caballero Del
01 al 15 de enero En el Nº 10 y 12, Abog. Julián López Del 16 al
31 de enero En el Nº 2, Abog. Rubén Darío Riquelme Del 16 al 31 de
enero En el Nº 3, Abog. Oscar Delgado Del 16 al 31 de enero En el Nº
6, 7, 8 y 9, Dr. Pedro Mayor Martínez Del 16 al 31 de enero En el Nº
10 y 12, Dr. Hugo Sosa Pasmor.
Art. 4°.- Los Juzgados Penales de
Ejecución de la Capital quedarán a cargo de los siguientes Jueces
de conformidad con el presente esquema: FECHAS JUECES PENALES DE
EJECUCIÓN Del 01 al 31 de enero Dra. María de Lourdes Scura Dendi
Del 11 al 31 de enero Dr. Carlos Alfredo Escobar Espínola
Art. 5º.-
ANOTAR, registrar, notificar.
Ante mí: