LEY N° 5425 DEL 11 DE MAYO DE 2015. QUE ESTABLECE EL DÍA NACIONAL DE LA FAMILIA.
Acápite: Ley N° 5425 del 11 de mayo de 2015. Que establece el Día Nacional de la Familia.
Fecha de Promulgación: Lunes, 11 de Mayo de 2015.
Numero de Ley: 5425/2015
Publicada: el 19 de mayo de 2015.
Fecha de Promulgación: Lunes, 11 de Mayo de 2015.
Numero de Ley: 5425/2015
Publicada: el 19 de mayo de 2015.
LEY
N° 5425
QUE
ESTABLECE EL DÍA NACIONAL DE LA FAMILIA
EL
CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo
1°.- Establécese
el
cuarto
domingo
del
mes
de
abril
de
cada
año como
"Día
Nacional de
la
Familia",
esta incluye
a
la
unión
estable
del hombre y
de
la
mujer,
a
los
hijos
y
a
la
comunidad
que
se
constituya
con
cualquiera
de
sus
progenitores
y
sus
descendientes.
Artículo
2°.- Todas
las instituciones educativas
y
culturales
del
país deberán realizar en esa fecha
o
en sus proximidades,
actividades que contribuyan
a
valorar
y
visibilizar
la
importancia
de
la
familia
y
la
necesidad
de
estimular
con
acciones
concretas su
fortalecimiento,
promoción
y
protección
integral.
Artículo
3°.- El
Ministerio
de
Educación
y
Cultura
inscribirá en
el
calendario
escolar el "Día
Nacional de la
Familia",
e
impulsará las acciones pertinentes
para
asegurar su conmemoración en
todos
los
centros
educativos
del
país,
incluyendo actividades curriculares
y
extracurriculares sobre
el
tema.
Artículo
4°.- Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
Aprobado
el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a
veintisiete
días del mes de noviembre del año dos mil catorce,
quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados,
a dieciséis
días
del
mes de abril del año dos mil quince,
de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución
Nacional.
Hugo
Adalberto Velázquez Moreno Blas Antonio Llano Ramos
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
José
Domingo Adorno Mazacotte Emilia Patricia Alfaro de Franco
Secretario
Parlamentario Secretaria Parlamentaria
Asunción,
11 de mayo de 2015
Téngase
por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Horacio Manuel Cartes Jara
Marta
Justina Lafuente
Ministra
de Educación y Cultura