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ACORDADA Nº 948 (novecientos cuarenta y ocho) del 17 de febrero del 2015. Designa al Dr. José Raúl Torres Kirmser como Ministro integrante del Consejo de Administración Judicial en los términos de la Acordada No 865/2013.


ACORDADA Nº 948 (novecientos cuarenta y ocho) del 17 de febrero del 2015. 

Designa al Dr. José Raúl Torres Kirmser como Ministro integrante del Consejo de Administración Judicial en los términos de la Acordada No 865/2013.(*)


En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José Raúl Torres Kirmser y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Antonio Fretes, Luis María Benítez Riera, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, César Antonio Garay y Gladys Ester Bareiro de Módica, ante mí, el Secretario autorizante;

DIJERON:

Que, la Acordada No 865/2013 estableció la conformación del Consejo de Administración Judicial de la siguiente forma: Presidente de la Corte Suprema de Justicia; 1 (un) Ministro/a de la Corte Suprema de Justicia y Consejeros.

Que, el artículo 3ro. de la Ley Nº 609/95, “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 259, incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional, regula como deberes y atribuciones de la misma, dictar su propio reglamento interno, las Acordadas y todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la Administración de Justicia; por lo que en el uso de sus atribuciones y en cumplimiento de lo resuelto por la Acordada antes mencionada, corresponde designar al Dr. José Raúl Torres Kirmser como Ministro integrante del Consejo de Administración Judicial.

Por tanto, en uso de sus atribuciones;

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACUERDA:

Art. 1º.- DESIGNAR al Dr. José Raúl Torres Kirmser como Ministro integrante del Consejo de Administración Judicial en los términos de la Acordada No 865/2013.

Art. 2º.- ANOTAR, registrar, notificar.



Ante mí:

nota: *titulo puesto por nuestra web con la intención de guiar al lector, no siendo parte del texto original de la acordada que fuera publicada por la corte suprema de justicia.