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Acordada Nº 977 del 04 de agosto del 2015.


En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera, César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco y Gladys Ester Bareiro de Módica, ante mí, el Secretario autorizante;

D I J E R O N:

Que en el marco del Plan Estratégico de la Institución correspondiente al periodo 2011-2015 se estableció como objetivo “ ...fortalecer y modernizar la gestión jurisdiccional que coadyuve a una mayor justicia, honestidad, previsibilidad y cobertura nacional, y asegure el acceso a la misma”; correspondiendo a las líneas de acción del objetivo: “ …fortalecer el proceso de informatización de la gestión judicial que permita un control integral del accionar institucional e implementar sistemas de gestión electrónica judicial a nivel nacional”.

En tal sentido por Acordada N° 841 de fecha tres de septiembre de 2013 se ha autorizado la implementación de aplicación informática de Mesa de Entrada en Línea en los Juzgados Civiles, Laboral y de la Niñez de la capital, esquema posteriormente autorizado para el ingreso de expedientes a la Jurisdicción Penal, mecanismo que a la fecha se encuentra replicado en los Tribunales de Ciudad del Este y Encarnación, implementación que ha arrojado resultados muy satisfactorios en cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Institución.

Conscientes de la necesidad de avanzar en la implementación de sistemas informáticos modernos de gestión en procura de servir mejor al usuario del sistema de justicia, garantizar transparencia y acceso a la misma; en tales consideraciones:

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 23, inciso b) de la Ley 609/95 “Que Organiza la Corte Suprema de Justicia”, son deberes y atribuciones del Consejo de Superintendencia “organizar y fiscalizar la Dirección de Auxiliares de la Justicia; la Dirección de Recursos Humanos; la Dirección Financiera y demás reparticiones del Poder Judicial”.

Por tanto, en uso de sus atribuciones,

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

A C U E R D A:


Art. 1°.- Establecer la implementación de la herramienta informática de “Mesa de Entrada en Línea”, como mecanismo de ingreso de expedientes judiciales a los Juzgados de la Justicia Letrada.

Art. 2°.- Disponer que una vez implementado el Sistema de Mesa de Entrada en Línea en la Justicia Letrada, en caso de recusación, inhibición o impedimentos de los Jueces, se aplicará las reglas de sustitución dispuestas en el Art. 200 del Código de Organización Judicial, siguiendo el turno del juzgado.

Art. 3°.- Establecer que hasta tanto se implemente el trámite electrónico de los expedientes, la fecha de recepción efectiva del expediente judicial será consignada por la secretaría sorteada al momento de la presentación física de la documentación del escrito de inicio, fecha que conjuntamente con la numeración del expediente será obtenida a partir del Sistema de Gestión del Despacho.

Art. 4°.- Disponer como fecha de implementación de este nuevo mecanismo de ingresos de expedientes judiciales a la Justicia Letrada el 24 de agosto del presente año.-

Art. 5º.- Dejar sin efecto toda reglamentación anterior en contrario a lo dispuesto en la presente.

Art. 6°.- Anotar, registrar y notificar.


Ante mí.-