Acordada Nº 977 del 04 de agosto del 2015.
En la ciudad de
Asunción, Capital de la República del Paraguay a los cuatro días
del mes de agosto del año dos mil quince, siendo las once horas,
estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de
Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los
Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera,
César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz
Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco y
Gladys Ester Bareiro de Módica, ante mí, el Secretario
autorizante;
D I J E R O N:
Que en el marco del
Plan Estratégico de la Institución correspondiente al periodo
2011-2015 se estableció como objetivo “ ...fortalecer y modernizar
la gestión jurisdiccional que coadyuve a una mayor justicia,
honestidad, previsibilidad y cobertura nacional, y asegure el acceso
a la misma”; correspondiendo a las líneas de acción del objetivo:
“ …fortalecer el proceso de informatización de la gestión
judicial que permita un control integral del accionar institucional e
implementar sistemas de gestión electrónica judicial a nivel
nacional”.
En tal sentido por Acordada N° 841 de fecha
tres de septiembre de 2013 se ha autorizado la implementación de
aplicación informática de Mesa de Entrada en Línea en los Juzgados
Civiles, Laboral y de la Niñez de la capital, esquema posteriormente
autorizado para el ingreso de expedientes a la Jurisdicción Penal,
mecanismo que a la fecha se encuentra replicado en los Tribunales de
Ciudad del Este y Encarnación, implementación que ha arrojado
resultados muy satisfactorios en cumplimiento de los objetivos
estratégicos de la Institución.
Conscientes de la
necesidad de avanzar en la implementación de sistemas informáticos
modernos de gestión en procura de servir mejor al usuario del
sistema de justicia, garantizar transparencia y acceso a la misma; en
tales consideraciones:
De conformidad con lo dispuesto por
el Artículo 23, inciso b) de la Ley 609/95 “Que Organiza la Corte
Suprema de Justicia”, son deberes y atribuciones del Consejo de
Superintendencia “organizar y fiscalizar la Dirección de
Auxiliares de la Justicia; la Dirección de Recursos Humanos; la
Dirección Financiera y demás reparticiones del Poder Judicial”.
Por
tanto, en uso de sus atribuciones,
LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1°.- Establecer la
implementación de la herramienta informática de “Mesa de Entrada
en Línea”, como mecanismo de ingreso de expedientes judiciales a
los Juzgados de la Justicia Letrada.
Art. 2°.- Disponer
que una vez implementado el Sistema de Mesa de Entrada en Línea en
la Justicia Letrada, en caso de recusación, inhibición o
impedimentos de los Jueces, se aplicará las reglas de sustitución
dispuestas en el Art. 200 del Código de Organización Judicial,
siguiendo el turno del juzgado.
Art. 3°.- Establecer que
hasta tanto se implemente el trámite electrónico de los
expedientes, la fecha de recepción efectiva del expediente judicial
será consignada por la secretaría sorteada al momento de la
presentación física de la documentación del escrito de inicio,
fecha que conjuntamente con la numeración del expediente será
obtenida a partir del Sistema de Gestión del Despacho.
Art.
4°.- Disponer como fecha de implementación de este nuevo mecanismo
de ingresos de expedientes judiciales a la Justicia Letrada el 24 de
agosto del presente año.-
Art. 5º.- Dejar sin efecto
toda reglamentación anterior en contrario a lo dispuesto en la
presente.
Art. 6°.- Anotar, registrar y
notificar.