Novedades:

Ley N° 4628 del 29 de junio de 2012. Que modifica el Artículo 229 de la Ley N° 1160/97 Código Penal, modificado por la Ley N° 3440/08.


Acápite: Ley N° 4628 del 29 de junio de 2012. Que modifica el Artículo 229 de la Ley N° 1160/97 Código Penal, modificado por la Ley N° 3440/08.

Fecha de Promulgación: Viernes, 29 de Junio de 2012.

Número de Ley: 4628/2012.

Observación: modificado por Ley N° 5378 del 23 de diciembre de 2014.




LEY N° 4628

QUE MODIFICA EL ARTICULO 229 DE LA LEY N° 1160/97 “CODIGO PENAL”, MODIFICADO POR LA LEY N° 3440/08

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 229 de la Ley N° 1160/97 “Codigo Penal”, modificado por la Ley N° 3440/08, cuyo texto quedan redactado como sigue:

"Art. 229.- Violencia Familiar.

El que, aprovechándose del ámbito familiar, ejerciera violencia física o síquica en forma reiterada a otro con quien conviva, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o multa, siempre que del hecho no surjan lesiones, en los términos del Artículo 111; en cuyo caso no se requerirá de la reiteración.”

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil once, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a tres días del mes de mayo del año dos mil doce, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.

Víctor Alcides Bogado González                    Jorge Oviedo Matto
Presidente                                                          Presidente
H. Cámara de Diputados                                   H. Cámara de Senadores

Mario Soto Estigarribia                                  Mario Cano Yegros
Secretario Parlamentario                                  Secretario Parlamentario

Asunción, 29 de junio de 2012

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

El Presidente de la República
Fernando Armindo Lugo Méndez

Humberto Blasco
Ministro de Justicia y Trabajo