ACORDADA Nº 1007 del 06 de octubre del 2015. Por la que se establece plazos procesales en la Ciudad de Coronel Oviedo.
ACORDADA Nº 1007 del 06 de octubre del 2015.
Por la que se
establece plazos procesales en la Ciudad de Coronel Oviedo.
En
la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los
seis días del mes de octubre del año dos mil quince, siendo las
once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte
Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y
los Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera,
César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz
Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco y
Gladys Ester Bareiro de Módica, ante mí, el Secretario
autorizante;
DIJERON:
Que, por Ordenanza N°
014/2015 del 5 de octubre de 2015 de la Municipalidad de Coronel
Oviedo se declaró asueto en la ciudad de Coronel Oviedo, por el 257º
aniversario de la fundación de la ciudad y por la festividad de la
Virgen del Rosario, patrona de esa Ciudad
Por Nota
P.C.J.N° 856 del 05 de octubre de 2015 el Presidente del Tribunal de
Apelación de la Circunscripción Judicial de Caaguazú, Magistrado
David Antonio Escobar Ojeda, solicitó la adhesión del Poder
Judicial al asueto de dicho municipio.
Por ello, es
necesario que los plazos procesales que vencen el día 7 de octubre
de 2015, fenezcan el día 8 de octubre del año en curso en la Ciudad
de Coronel Oviedo.
Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1°.- ESTABLECER que los
plazos procesales en la Ciudad de Coronel Oviedo, que vencen el día
7 de octubre de 2015 fenezcan el día 8 de octubre del año en
curso.
Art. 2°.- ANOTAR, registrar, notificar.
Ante mí: