ACORDADA Nº 1008 del 06 de octubre del 2015. Por la que se establece plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú.
ACORDADA Nº 1008
Por la que se
establece plazos procesales de la Circunscripción Judicial de
Ñeembucú.
En la ciudad de Asunción, Capital de la
República del Paraguay a los seis días del mes de octubre del año
dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de
Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente
Dr. Antonio Fretes y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis
María Benítez Riera, César Antonio Garay, José Raúl Torres
Kirmser, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac
Albertini, Sindulfo Blanco y Gladys Ester Bareiro de Módica, ante
mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:
Que,
la Municipalidad de la Ciudad de Pilar, declaró asueto en todo el
distrito de Pilar el día 12 de octubre del año en curso, por la
conmemoración del 236º Aniversario de la Fundación de la ciudad de
Pilar y en honor a la Santa Patrona la Virgen del Pilar.
Por
Nota CACJL N° 182/2015 el Magistrado Carlos E. Torres Alarcón,
Presidente del Consejo de Administración de la Circunscripción
Judicial de Ñeembucú, solicitó la adhesión del Poder Judicial a
dicho asueto.
Por ello, es necesario que los plazos
procesales que vencen el día 12 de octubre de 2015, fenezcan el día
13 de octubre del año en curso.
Por tanto,
LA CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1°.-
ESTABLECER que los plazos procesales de la Circunscripción Judicial
de Ñeembucú, que vencen el día 12 de octubre de 2015, fenezcan el
día 13 de octubre del año en curso.
Art. 2°.- ANOTAR,
registrar, notificar.
Ante mí: