ACORDADA Nº 1013 del 20 de octubre del 2015.
ACORDADA Nº 1013 del 20 de octubre del 2015.
En la ciudad de
Asunción, Capital de la República del Paraguay a los veinte días
del mes de octubre del año dos mil quince, siendo las once horas,
estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de
Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los
Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera,
César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz
Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco,
Gladys Ester Bareiro de Módica y Miryam Josefina Peña Candia, ante
mí, el Secretario autorizante;
D I J E R O N:
Que,
por Decretos Nos 1898 y 1916 del 1 de setiembre de 2015 y 15 de
setiembre de 2015, respectivamente, la Corte Suprema de Justicia
designó a los Abogados Joel Domingo Melgarejo, Norma Emilce
Cristaldo Ramos y Mirian Beatriz Ferreira Ruiz Díaz, en carácter de
Jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, para la
Circunscripción Judicial de Central.
La Corte Suprema de
Justicia, en el marco de sus objetivos institucionales, tiene como
fin mejorar los servicios en la administración de justicia, con
miras a garantizar el principio de celeridad procesal en beneficio a
los justiciables, considera pertinente habilitar los Juzgados de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial en las ciudades de Lambaré,
J.A. Saldívar y Fernando de la Mora, que pasarán a constituirse en
el Segundo Turno de dicho fuero y jurisdicciones.
En esta
tesitura, la Corte Suprema de Justicia considera conveniente, además,
determinar un sistema unificado y equitativo de distribución,
evitando el sistema de turnos intercalados de cada quince días que
actualmente rige para algunos Juzgados y del que resulta en la
práctica una distribución desigual de expedientes.
En
consecuencia, corresponde establecer como sistema de distribución de
expedientes, el cupo de 200 (doscientos) expedientes, 100 (cien) por
Secretaría, en caso de que el Juzgado tenga dos Secretarías, como
cupo de cada Turno para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil
y Comercial de las ciudades de Lambaré, J.A. Saldívar y Fernando de
la Mora.
Al respecto, esta máxima instancia judicial
considera oportuno, además, disponer que el Magistrado Joel Domingo
Melgarejo, cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial del Segundo Turno de Lambaré; la Magistrada Norma
Emilce Cristaldo Ramos, cumpla funciones en el Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de J.A. Saldívar
y que la Magistrada Mirian Beatriz Ferreira Ruiz Diaz, cumpla
funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial
del Segundo Turno de Fernando de la Mora, hasta nueva disposición de
la Corte Suprema de Justicia.
La Corte Suprema de
Justicia, tiene atribuciones para dictar los actos que fueren
necesarios para la mejor organización y eficiencia de la
administración de justicia, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 3º inciso b) de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte
Suprema de Justicia”, en ese sentido, para una mejor administración
de la justicia.
LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1º.-
HABILITAR el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial,
creado para la Circunscripción Judicial de Central, en la ciudad de
Lambaré, que pasará a constituirse en el Segundo Turno de ese fuero
y jurisdicción.
Art. 2º.- ESTABLECER el cupo de 200
(doscientos) expedientes, 100 (cien) expedientes por Secretaría, en
caso de que el Juzgado tenga dos Secretarías, como cupo de cada
Turno para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial
de la ciudad de Lambaré.
Art. 3º.- DISPONER que el
Magistrado Joel Domingo Melgarejo, cumpla funciones en el Juzgado de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de
Lambaré.
Art. 4º.- HABILITAR el Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial, creado para la Circunscripción
Judicial de Central, en la ciudad de J.A. Saldívar, que pasará a
constituirse en el Segundo Turno de ese fuero y jurisdicción.
Art.
5º.- ESTABLECER el cupo de 200 (doscientos) expedientes, 100 (cien)
expedientes por Secretaría, en caso de que el Juzgado tenga dos
Secretarías, como cupo de cada Turno para los Juzgados de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de J.A. Saldívar.
Art. 6º.- DISPONER que la Magistrada Norma Emilce
Cristaldo Ramos, cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia
en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de J.A. Saldívar.
Art.
7º.- HABILITAR el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial, creado para la Circunscripción Judicial de Central, en la
ciudad de Fernando de la Mora, que pasará a constituirse en el
Segundo Turno de ese fuero y jurisdicción.
Art.
8º.- ESTABLECER el cupo de 200 (doscientos) expedientes, 100 (cien)
expedientes por Secretaría, en caso de que el Juzgado tenga dos
Secretarías, como cupo de cada Turno para los Juzgados de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Fernando de la
Mora.
Art. 9º.- DISPONER que la Magistrada Mirian
Beatriz Ferreira Ruiz Díaz, cumpla funciones en el Juzgado de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de
Fernando de la Mora
Art. 10º.- DISPONER que la presente
Acordada entrará en vigencia a partir del……………………………………………..
Art. 11º.- ANOTAR, registrar y
notificar.
Ante mí:
observación: la fecha de vigencia no estaba agregada en la publicación de la corte, una vez la tengamos agregaremos la misma.