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Ley N° 5673 del 15 de setiembre de 2016, Que crea el Municipio Maracaná en el XIV Departamento Canindeyú y una Municipalidad con asiento en el pueblo de Maracaná.


Acápite: Ley N° 5673 del 15 de setiembre de 2016, Que crea el Municipio Maracaná en el XIV Departamento Canindeyú y una Municipalidad con asiento en el pueblo de Maracaná.

Fecha de Promulgación: Jueves, 15 de Setiembre de 2016.

Número de Ley: 5673/2016.

Publicado: 20/09/2016.


LEY N° 5673

QUE CREA EL MUNICIPIO MARACANÁ EN EL XIV DEPARTAMENTO CANINDEYÚ Y UNA MUNICIPALIDAD CON ASIENTO EN EL PUEBLO DE MARACANÁ.




EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY




Artículo 1.° Créase el municipio Maracaná en el XIV Departamento Canindeyú y a éste efecto desaféctase su territorio del Distrito de Curuguaty, con los siguientes límites:

Línea P01-P02: Con rumbo NE 36° 1' 31" (Noreste, treinta y seis grados, un minuto, treinta y un segundos), mide 5.548,10 m (cinco mil quinientos cuarenta y ocho metros con diez centímetros). El punto P01 tiene la siguiente coordenada UTM: E=585281.870 m, N=7328972.480 m;

Línea P02-P03: Con rumbo NE 52° 22' 54" (Noreste, cincuenta y dos grados, veintidós minutos, cincuenta y cuatro segundos), mide 14.164,51 m (catorce mil ciento sesenta y cuatro metros con cincuenta y un centímetros). El punto P02 tiene la siguiente coordenada UTM: E=588544.940 m, N=7333459.550 m;

Línea P03-P04: Con rumbo NE 88° 15' 8" (Noreste, ochenta y ocho grados, quince minutos, ocho segundos), mide 4.252,34 m (cuatro mil doscientos cincuenta y dos metros con treinta y cuatro centímetros). El punto P03 tiene la siguiente coordenada UTM: E=599764.580 m, N=7342105.530 m;

Desde el punto P01 al punto P04, el polígono que representa al Distrito de Maracaná, está conformado por líneas que sirven de base de relevamiento del Río Jejui Guazú, que en este sector es el límite natural que lo separa del Distrito de General Resquín, del Departamento San Pedro;

Línea P04-P05: Con rumbo SE 57° 35' 44" (Sureste, cincuenta y siete grados, treinta y cinco minutos, cuarenta y cuatro segundos), mide 6.871,94 m (seis mil ochocientos setenta y un metros con noventa y cuatro centímetros). El punto P04 tiene la siguiente coordenada UTM: E=604014.940 m, N=7342235.220 m;

Línea P05-P06: Con rumbo NE 85° 46' 37" (Noreste, ochenta y cinco grados, cuarenta y seis minutos, treinta y siete segundos), mide 4.230,72 m (cuatro mil doscientos treinta metros con setenta y dos centímetros). El punto P05 tiene la siguiente coordenada UTM: E=609816.830 m, N=7338552.610 m;

Línea P06-P07: Con rumbo SE 72° 46' 43" (Sureste, setenta y dos grados, cuarenta y seis minutos, cuarenta y tres segundos), mide 3.463,33 m (tres mil cuatrocientos sesenta y tres metros con treinta y tres centímetros). El punto P06 tiene la siguiente coordenada UTM: E=614036.060 m, N=7338864.160 m;

Desde el punto "P04 al punto P07", el polígono que representa al Distrito de Maracaná, está conformado por líneas que sirven de base de relevamiento del Río Jejui Guazú, que en este sector es el límite natural que lo separa del Distrito de Ypejhú, del Departamento Canindeyú;

Línea P07-P08: Con rumbo SW 2° 34' 34" (Suroeste, dos grados, treinta y cuatro minutos, treinta y cuatro segundos), mide 2.252,17 m (dos mil doscientos cincuenta y dos metros con diecisiete centímetros). El punto P07 tiene la siguiente coordenada UTM: E=617344.120 m, N=7337838.790 m;

Línea P08-P09: Con rumbo SE 17° 24' 36” (Sureste, diecisiete grados, veinticuatro minutos, treinta y seis segundos), mide 1.679,19 m (un mil seiscientos setenta y nueve metros con diecinueve centímetros). El punto P08 tiene la siguiente coordenada UTM: E=617242.890 m, N=7335588.899 m;

Línea P09-P10: Con rumbo SE 18° 30' 51" (Sureste, dieciocho grados, treinta minutos, cincuenta y un segundos), mide 3.134,50 m (tres mil ciento treinta y cuatro metros con cincuenta centímetros). El punto P09 tiene la siguiente coordenada UTM: E=617745.316 m, N=7333986.638 m;

Línea P10-P11: Con rumbo SW 8° 32' 25" (Suroeste, ocho grados, treinta y dos minutos, veinticinco segundos), mide 3.649,19 m (tres mil seiscientos cuarenta y nueve metros con diecinueve centímetros). El punto P10 tiene la siguiente coordenada UTM: E=618740.640 m, N=7331014.360 m;

Línea P11-P12: Con rumbo SE 27° 29' 27" (Sureste, veintisiete grados, veintinueve minutos, veintisiete segundos), mide 1.349,72 m (un mil trescientos cuarenta y nueve metros con setenta y dos centímetros). El punto P11 tiene la siguiente coordenada UTM: E=618198.710 m, N=7327405.630 m;

Línea P12-P13: Con rumbo SW 6° 27' 44" (Suroeste, seis grados, veintisiete minutos, cuarenta y cuatro segundos), mide 2.494,57 m (dos mil cuatrocientos noventa y cuatro metros con cincuenta y siete centímetros). El punto P12 tiene la siguiente coordenada UTM: E=618821.751 m, N=7326208.314 m;

Desde el punto "P7 al punto P13", el polígono que representa al Distrito de Maracaná, está conformado por líneas que sirven de base de relevamiento del Arroyo Jacinto, que en este sector es el límite natural que lo separa del Distrito de Curuguaty, del Departamento Canindeyú;

Línea P13-P14: Con rumbo SW 59° 41' 48" (Suroeste, cincuenta y nueve grados, cuarenta y un minutos, cuarenta y ocho segundos), mide 176,34 m (ciento setenta y seis metros con treinta y cuatro centímetros). El punto P13 tiene la siguiente coordenada UTM: E=618540.990 m, N=7323729.590 m;



Línea P14-P15: Con rumbo SW 6° 44' 27" (Suroeste, seis grados, cuarenta y cuatro minutos, veintisiete segundos), mide 946,67m (novecientos cuarenta y seis metros con sesenta y siete centímetros). El punto P14 tiene la siguiente coordenada UTM: E=618388.740 m, N=7323640.610 m;

Línea P15-P16: Con rumbo NE 74° 1' 27" (Noreste, setenta y cuatro grados un minuto, veintisiete segundos), mide 3.310,56 m (tres mil trescientos diez metros con cincuenta y seis centímetros). El punto P15 tiene la siguiente coordenada UTM: E=618277.620 m, N=7322700.480 m;

Línea P16-P17: Con rumbo SE 15° 55' 44" (Sureste, quince grados, cincuenta y cinco minutos, cuarenta y cuatro segundos), mide 880,77 m (ochocientos ochenta metros con setenta y siete centímetros). El punto P16 tiene la siguiente coordenada UTM: E=621460.320 m, N=7323611.660 m;

Línea P17-P18: Con rumbo SE 10° 29' 5" (Sureste, diez grados, veintinueve minutos, cinco segundos), mide 4.135,66 m (cuatro mil ciento treinta y cinco metros con sesenta y seis centímetros). El punto P17 tiene la siguiente coordenada UTM: E=621702.040 m, N=7322764.710 m;

Línea P18-P19: Con rumbo SE 26° 32' 15" (Sureste, veintiséis grados, treinta y dos minutos, quince segundos), mide 1.881,54 m (un mil ochocientos ochenta y un metros con cincuenta y cuatro centímetros). El punto P18 tiene la siguiente coordenada UTM: E=622454.610 m, N=7318698.100 m;

Línea P19-P20: Con rumbo SE 22° 40' 47" (Sureste, veintidós grados, cuarenta minutos, cuarenta y siete segundos), mide 1.081,91 m (un mil ochenta y un metros con noventa y un centímetros). El punto P19 tiene la siguiente coordenada UTM: E=623295.250 m, N=7317014.790 m;

Línea P20-P21: Con rumbo SE 14° 34' 3" (Sureste, catorce grados, treinta y cuatro minutos, tres segundos), mide 1.364,93 m (mil trescientos sesenta y cuatro metros con noventa y tres centímetros). El punto P20 tiene la siguiente coordenada UTM: E=623712.410 m, N=7316016.540 m;

Línea P21-P22: Con rumbo SE 14° 6' 34" (Sureste, catorce grados, seis minutos, treinta y cuatro segundos), mide 792,78 m (setecientos noventa y dos metros con setenta y ocho centímetros). El punto P21 tiene la siguiente coordenada UTM: E=624055.720 m, N=7314695.490 m;

Línea P22-P23: Con rumbo SW 77° 42' 59" (Suroeste, setenta y siete grados, cuarenta y dos minutos, cincuenta y nueve segundos), mide 1.337,43 m (un mil trescientos treinta y siete metros con cuarenta y tres centímetros). El punto P22 tiene la siguiente coordenada UTM: E=624248.980 m, N=7313926.630 m;

Línea P23-P24: Con rumbo SW 78° 3' 40" (Suroeste, setenta y ocho grados, tres minutos, cuarenta segundos), mide 358,21 m (trescientos cincuenta y ocho metros con veintiún centímetros). El punto P23 tiene la siguiente coordenada UTM: E=622942.170 m, N=7313642.090 m;

Línea P24-P25: Con rumbo NW 72° 22' 23" (Noroeste, setenta y dos grados, veintidós minutos, veintitrés segundos), mide 506,97m (quinientos seis metros con noventa y siete centímetros). El punto P24 tiene la siguiente coordenada UTM: E=622591.709 m, N=7313567.988 m;

Línea P25-P26: Con rumbo SW 77° 22' 56" (Suroeste, setenta y siete grados, veintidós minutos, cincuenta y seis segundos), mide 914,98 m (novecientos catorce metros con noventa y ocho centímetros). El punto P25 tiene la siguiente coordenada UTM: E=622108.538 m, N=7313721.510 m;

Desde el punto P13 al punto P26, el polígono que representa al Distrito de Maracaná, está conformado por líneas coincidentes con Divisorias de Propiedades, que en este sector es el límite que lo separa del Distrito de Curuguaty, del Departamento Canindeyú.

Línea P26-P27: Con rumbo SE 16° 55' 43" (Sureste, dieciséis grados, cincuenta y cinco minutos, cuarenta y tres segundos), mide 1.326,90 m (un mil trescientos veintiséis metros con noventa centímetros). El punto P26 tiene la siguiente coordenada UTM: E=621215.660 m, N=7313521.639 m;

Desde el punto P26 al punto P27, el polígono que representa al Distrito de Maracaná, está conformado por una línea coincidente con el eje del camino que une Nueva Durango con Curuguaty, que en este sector es el límite que lo separa del "Distrito de Curuguaty, del Departamento Canindeyú";

Línea P27-P28: Con rumbo SW 88° 13' 44" (Suroeste, ochenta y ocho grados, trece minutos, cuarenta y cuatro segundos), mide 3.266,43 m (tres mil doscientos sesenta y seis metros con cuarenta y tres centímetros). El punto P27 tiene la siguiente coordenada UTM: E=621602.030 m, N=7312252.235 m;

Línea P28-P29: Con rumbo NE 25° 50' 30" (Noreste, veinticinco grados, cincuenta minutos, treinta segundos), mide 1.038,67m (un mil treinta y ocho metros con sesenta y siete centímetros). El punto P28 tiene la siguiente coordenada UTM: E=618337.157 m, N=7312151.285 m;

Línea P29-P30: Con rumbo NW 88° 2' 8" (Noroeste, ochenta y ocho grados, dos minutos, ocho segundos), mide 2.846,48 m (dos mil ochocientos cuarenta y seis metros con cuarenta y ocho centímetros). El punto P29 tiene la siguiente coordenada UTM: E=618789.900 m, N=7313086.090 m;

Línea P30-P31: Con rumbo NW 2° 23' 34" (Noroeste, dos grados, veintitrés minutos, treinta y cuatro segundos), mide 301.32m (trescientos un metro con treinta y dos centímetros). El punto P30 tiene la siguiente coordenada UTM: E=615945.090 m, N=7313183.670 m;



Línea P31-P32: Con rumbo SW 80° 1' 17" (Suroeste, ochenta grados, un minuto, diecisiete segundos), mide 457,70 m (cuatrocientos cincuenta y siete metros con setenta centímetros). El punto P31 tiene la siguiente coordenada UTM: E=615932.510 m, N=7313484.730 m;

Línea P32-P33: Con rumbo NE 8° 20' 30" (Noreste, ocho grados veinte minutos, treinta segundos), mide 1.479,84 m (un mil cuatrocientos setenta y nueve metros con ochenta y cuatro centímetros). El punto P32 tiene la siguiente coordenada UTM: E=615481.729 m, N=7313405.419 m;

Línea P33-P34: Con rumbo SW 65° 58' 31" (Suroeste, sesenta y cinco grados cincuenta y ocho minutos, treinta y un segundos), mide 285,78 m (doscientos ochenta y cinco metros con setenta y ocho centímetros). El punto P33 tiene la siguiente coordenada UTM: E=615696.421 m, N=7314869.607 m;

Desde el punto P27 al punto P34, el polígono que representa al Distrito de Maracaná, está conformado por líneas coincidentes con divisorias de propiedades, que en este sector es el límite que lo separa del Distrito de Curuguaty, del Departamento Canindeyú;

Línea P34-P35: Con rumbo SW 45° 1' 7" (Suroeste, cuarenta y cinco grados, un minuto, siete segundos), mide 615,55 m (seiscientos quince metros con cincuenta y cinco centímetros). El punto P34 tiene la siguiente coordenada UTM: E=615435.399 m, N=7314753.258 m;

Línea P35-P36: Con rumbo SW 69° 2' 45" (Suroeste, sesenta y nueve grados, dos minutos, cuarenta y cinco segundos), mide 748,64 m (setecientos cuarenta y ocho metros con sesenta y cuatro centímetros). El punto P35 tiene la siguiente coordenada UTM: E=615000.000 m, N=7314318.140 m;

Línea P36-P37: Con rumbo SW 46° 25' 10" (Suroeste, cuarenta y seis grados, veinticinco minutos, diez segundos), mide 2.060,38 m (dos mil sesenta metros con treinta y ocho centímetros). El punto P36 tiene la siguiente coordenada UTM: E=614300.870 m, N=7314050.410 m;

Línea P37-P38: Con rumbo SW 30° 17' 14" (Suroeste, treinta grados, diecisiete minutos, catorce segundos), mide 4.056,90 m (cuatro mil cincuenta y seis metros con noventa centímetros). El punto P37 tiene la siguiente coordenada UTM: E=612808.320 m, N=7312630.040 m;

Línea P38-P39: Con rumbo SW 34° 52' 45" (Suroeste, treinta y cuatro grados, cincuenta y dos minutos, cuarenta y cinco segundos), mide 3.737,58 m (tres mil setecientos treinta y siete metros con cincuenta y ocho centímetros). El punto P38 tiene la siguiente coordenada UTM: E=610762.280 m, N=7309126.880 m;


Línea P39-P40: Con rumbo SW 27° 19' 27" (Suroeste, veintisiete grados, diecinueve minutos, veintisiete segundos), mide 2.173,51 m (dos mil ciento setenta y tres metros con cincuenta y un centímetros). El punto P39 tiene la siguiente coordenada UTM: E=608624.960 m, N=7306060.720 m;

Desde el punto P34 al punto P40, el polígono que representa al Distrito de Maracaná, está conformado por líneas que sirven de base de relevamiento del Arroyo Verde, que en este sector es el límite natural que lo separa del Distrito de Curuguaty, del Departamento Canindeyú;

Línea P40-P41: Con rumbo SW 82° 40' 26" (Suroeste, ochenta y dos grados, cuarenta minutos, veintiséis segundos), mide 5.474,04 m (cinco mil cuatrocientos setenta y cuatro metros con cuatro centímetros). El punto P40 tiene la siguiente coordenada UTM: E=607627.270 m, N=7304129.720 m;

Línea P41-P42: Con rumbo SW 41° 45' 22" (Suroeste, cuarenta y un grados, cuarenta y cinco minutos, veintidós segundos), mide 3.155,79 m (tres mil ciento cincuenta y cinco metros con setenta y nueve centímetros). El punto P41 tiene la siguiente coordenada UTM: E=602197.920 m, N=7303431.680 m;

Línea P42-P43: Con rumbo NW 78° 13' 33" (Noroeste, setenta y ocho grados, trece minutos, treinta y tres segundos), mide 2.021,68 m (dos mil veintiún metros con sesenta y ocho centímetros). El punto P42 tiene la siguiente coordenada UTM: E=600096.290 m, N=7301077.500 m;

Línea P43-P44: Con rumbo SW 75° 55' 39" (Suroeste, setenta y cinco grados, cincuenta y cinco minutos, treinta y nueve segundos), mide 2.637,79 m (dos mil seiscientos treinta y siete metros con setenta y nueve centímetros). El punto P43 tiene la siguiente coordenada UTM: E=598117.150 m, N=7301490.030 m;

Desde el punto P40 al punto P44, el polígono que representa al Distrito de Maracaná, está conformado por líneas que sirven de base de relevamiento del Arroyo Curuguaty-y, que en este sector es el límite natural que lo separa del Distrito de Yacy Cañy, del Departamento Canindeyú;

Línea P44-P45: Con rumbo NW 89° 18' 54" (Noroeste, ochenta y nueve grados, dieciocho minutos, cincuenta y cuatro segundos), mide 2.749,71 m (dos mil setecientos cuarenta y nueve metros con setenta y un centímetros). El punto P44 tiene la siguiente coordenada UTM: E=595558.520 m, N=7300848.650 m;

Línea P45-P46: Con rumbo NW 79° 11' 52" (Noroeste, setenta y nueve grados, once minutos, cincuenta y dos segundos), mide 2.562,21m (dos mil quinientos sesenta y dos metros con veintiún centímetros). El punto P45 tiene la siguiente coordenada UTM: E=592809.010 m, N=7300881.530 m;

Línea P46-P47: Con rumbo NW 31° 35' 53" (Noroeste, treinta y un grados, treinta y cinco minutos, cincuenta y tres segundos), mide 2.604,64 m (dos mil seiscientos cuatro metros con sesenta y cuatro centímetros). El punto P46 tiene la siguiente coordenada UTM: E=590292.200 m, N=7301361.740 m;

Desde el punto P44 al punto P47, el polígono que representa al Distrito de Maracaná, está conformado por líneas que sirven de base de relevamiento del Río Curuguaty, que en este sector es el límite natural que lo separa del Distrito de Yrybycua, del Departamento San Pedro;

Línea P47-P48: Con rumbo NW 1° 54' 7" (Noroeste, un grado, cincuenta y cuatro minutos, siete segundos), mide 8.533,14 m (ocho mil quinientos treinta y tres metros con catorce centímetros). El punto P47 tiene la siguiente coordenada UTM: E=588927.480 m, N=7303580.230 m;

Línea P48-P49: Con rumbo NW 30° 21' 16" (Noroeste, treinta grados, veintiún minutos, dieciséis segundos), mide 9.109,82 m (nueve mil ciento nueve metros con ochenta y dos centímetros). El punto P48 tiene la siguiente coordenada UTM: E=588644.290 m, N=7312108.670 m;

Línea P49-P01: Con rumbo NE 7° 50' 59" (Noreste, siete grados, cincuenta minutos, cincuenta y nueve segundos), mide 9.087,96 m (nueve mil ochenta y siete metros con noventa y seis centímetros). El punto P49 tiene la siguiente coordenada UTM: E=584040.660 m, N=7319969.680 m;

Desde el punto P47 al punto P01, el polígono que representa al Distrito de Maracaná, está conformado por líneas que sirven de base de relevamiento del Río Curuguaty, que en este sector es el límite natural que lo separa del Distrito de Guayaibí, del Departamento San Pedro.

El área delimitado del Municipio creado por la presente Ley, abarca la SUPERFICIE LÍQUIDA DE 110.517 HA 9.881 M2 (CIENTO DIEZ MIL QUINIENTOS DIECISIETE HECTÁREAS CON NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS).

Superficie Poligonal = 110.829 ha 7.483 m2
Superficie Extra Poligonal. = 1.931 ha 6.978 m2
Superficie Intra poligonal = -2.243 ha 4.580 m2
Superficie Líquida = 110.517 ha 9.881 m2

Artículo 2.° Créase una Municipalidad en el Municipio establecido en el artículo 1.° de la presente Ley, con asiento en el pueblo de Maracaná.

Artículo 3.° Una vez promulgada la presente Ley, la Justicia Electoral deberá convocar a elecciones Municipales de acuerdo a la forma y plazos establecidos en las leyes correspondientes. Hasta tanto se elijan las nuevas autoridades, la administración del nuevo municipio, permanecerá a cargo de la Municipalidad de Curuguaty.

Artículo 4.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los tres días del mes de agosto del año dos mil dieciséis, y por la Honorable Cámara de Senadores, a un día del mes de setiembre del año dos mil dieciséis, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.




Hugo Adalberto Velázquez Moreno                                   Roberto Acevedo Quevedo
Presidente                                                                               Presidente
H. Cámara de Diputados                                                        H. Cámara de Senadores


Del Pilar Eva Medina de Paredes                                       Oscar Salomón
Secretaria Parlamentaria                                                       Secretario Parlamentario

Asunción, 15 de setiembre de 2016
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

El Presidente de la República

Horacio Manuel Cartes Jara


Francisco José de Vargas Benítez
Ministro del Interior