ACORDADA Nº 996 del 08 de setiembre de 2015.
En
la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los
ocho días del mes de setiembre del año dos mil quince, siendo las
once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte
Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y
los Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera,
César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz
Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco y
Gladys Ester Bareiro de Módica, ante mí, el Secretario
autorizante;
D I J E R O N:
La Corte Suprema de Justicia, en el marco de sus objetivos institucionales, tiene como fin mejorar los servicios en la administración de justicia, con miras a garantizar el principio de celeridad procesal en beneficio a los justiciables, por lo que considera pertinente habilitar el Juzgado Penal creado para la Circunscripción Judicial de Canindeyú, en la ciudad de Curuguaty, que pasará a constituirse en el Juzgado Penal de Garantías Nº 2 de dicha ciudad.
Al respecto, esta máxima instancia judicial encuentra oportuno, disponer que el Magistrado Ramón Alberto Florentín Cardozo, Juez Penal de la Circunscripción Judicial de Canindeyú, cumpla funciones en el Juzgado Penal de Garantías Nº 2 de Curuguaty, hasta nueva disposición de la Corte Suprema de Justicia.
La Corte Suprema de Justicia, tiene atribuciones para dictar los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º inciso b) de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, en ese sentido, para una mejor administración de la justicia.
Por tanto, en uso de sus atribuciones.
LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 2º.- DISPONER que el Magistrado Ramón Alberto Florentín Cardozo, Juez Penal de la Circunscripción Judicial de Canindeyú, cumpla funciones en el Juzgado Penal de Garantías Nº 2 de Curuguaty, hasta nueva disposición de la Corte Suprema de Justicia.
Art. 3º.- ANOTAR, registrar y notificar.
Ante mí: